Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 07/02/2014
 
 

TS

El Supremo exime al Estado de indemnizar a los padres de la niña asesinada en Seseña por dos compañeras de clase

07/02/2014
Compartir: 

Admite el "daño atroz" que sufrieron y rechaza extender las leyes de víctimas del terrorismo a las de delitos violentos

MADRID, 6 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha rechazado que el Estado deba hacerse cargo de la indemnización de 300.000 euros que una sentencia fijó para los padres de Cristina Martín, la menor de 13 años asesinada por unas compañeras de clase en abril de 2010 en Seseña (Toledo). La autora del crimen fue condenada a pagarla pero, tanto ella como sus padres, se declararon insolventes y la familia de la víctima no recibió ninguna compensación.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso que interpusieron los padres contra el acuerdo del Consejo de Ministros que rechazó, en abril de 2012, asumir cualquier responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios sufridos por el funcionamiento del Estado legislador.

La abogada de la familia, defendida gratuitamente por la abogada María Ponte, denunciaba que la legislación española incumple las obligaciones impuestas por la Unión Europea en materia de ayudas a víctimas de los delitos violentos, al limitar la indemnización a los casos en los que el fallecido genera ingresos para la unidad familiar, algo que no cubre a los menores estudiantes.

NO LES RECONOCE COMO VÍCTIMAS

El Supremo, en consonancia con el criterio del Abogado del Estado, explica que el convenio, las decisiones y las recomendaciones comunitarias citadas por los recurrentes no tienen carácter vinculante y no extienden al Estado la obligación de garantizar la indemnización para las víctimas ni siquiera en casos de insolvencia del autor del delito.

"La víctima es aquella sobre la que se ejerció la violencia, la que fue asesinada o lesionada. Y los padres efectivamente sufren unos perjuicios y daños atroces, pero derivados de la injusta muerte de su hija", recoge la sentencia, que añade que el derecho comunitario no les reconoce como víctimas del delito y que la directiva que amplía este estatus no entrará en vigor hasta noviembre de 2015.

"Los daños emocionales que lamentablemente padecen los padres de la menor no han sido causados directamente por la infracción penal, sino por el fallecimiento de su hija que es la víctima que padece directamente el efecto y consecuencias del delito", ahonda.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Teso, rechaza además que pueda extenderse el régimen legalemtne previsto para las víctimas del terrorismo al resto de delitos violentos, "por muy abominable que sea el mismo".

El crimen de Seseña fue visto en el Juzgado de Menores de Toledo, que condenó en diciembre de 2010 a una de las menores a cinco años de internamiento y tres años de libertad vigilada por asesinato y a la otra a dos años de internamiento por encubrimiento.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  5. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  6. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  7. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  8. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana