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Último crimen de ETA en el País Vasco

La Audiencia Nacional juzga desde hoy a los tres presuntos asesinos del inspector Eduardo Puelles

21/05/2013
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La Fiscalía pide para cada uno de ellos 45 años de cárcel por un delito consumado de asesinato terrorista y otro de estragos

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional juzga a partir de este martes a los etarras miembros del 'comando Otazua' Íñigo Zapiraín, Beatriz Etxebarría y Daniel Pastor como presuntos autores del asesinato, en junio de 2009, del inspector de la Policía Nacional Eduardo Puelles.

En su escrito provisional de acusación, la fiscal de la Audiencia Nacional Ana Noé solicita que los tres acusados sean condenados a 45 años de cárcel por la comisión de un delito consumado de asesinato terrorista contra miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y un delito de estragos terroristas.

Asimismo, la representante del Ministerio Público pide para Zapiraín, Etxebarría y Pastor la prohibición de residir en Bilbao durante un periodo de diez años una vez que haya finalizado su condena.

Respecto a la responsabilidad civil de los imputados, la Fiscalía solicita que los procesados indemnicen conjunta y solidariamente a la viuda de Puelles, Francisca Hernández y Sotelo, con 200.000 euros y a cada uno de sus hijos con 150.000 euros. Eduardo Puelles, inspector de la Brigada de Información y responsable del seguimiento a terroristas, es hasta la fecha la última víctima asesinada por ETA en el País Vasco.

Según se recoge en el escrito del Ministerio Público, el inspector de la Brigada de Información fue asesinado con una bomba lapa adosada a su vehículo en el municipio vizcaíno de Arrigorriaga. La Fiscalía mantiene que "sobre la 1.30 o 2.00 horas de la noche del 18 al 19 de junio de 2009, se dirigieron al lugar donde se encontraba aparcado el automóvil provistos de un artefacto explosivo".

Dicho artefacto estaba compuesto por 2 kilos de cloratita y 200 gramos de pentrita y fue "fabricado por el procesado Íñigo Zapirain", quien "se encargó inicialmente de su colocación, siendo ayudado por Daniel Pastor, al no localizar el punto donde debía ser insertado (...), vigilando la ejecución la procesada Beatriz Etxebarria".

"Sobre las 9.05 horas del día 19 de junio de 2009, Eduardo Puelles se dispuso a arrancar el referido automóvil, activándose el artefacto explosivo que estalló, sufriendo un shock por quemaduras que le causó la muerte", sostiene la Fiscalía.

ETA RECONOCE LA AUTORÍA EN EL GARA

Además, la banda terrorista ETA se atribuyó la autoría de los hechos -- prosigue la fiscal en su escrito -- en un comunicado publicado el día 9 de agosto de 2009 en el Diario Gara. Tras el atentado se practicaron registros en las viviendas de los procesados y se hallaron en ellas "sustancias explosivas" que resultaron ser "idénticas a las que emplearon en la fabricación del explosivo cloratado usado para acabar con la vida de Eduardo Puelles".

La fiscal afirma que los procesados "se integraron en la organización terrorista ETA en el año 2006, formando el 'comando Otazua'" y que, entre otras actividades, "efectuaron vigilancias en las inmediaciones de la sede de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía del barrio de Indautxu en Bilbao, anotando las matrículas de los vehículos aparcados en el recinto oficial, por si en alguna ocasión identificaban estos en otro lugar".

Los tres etarras integrantes del 'comando Otazua' han sido condenados por la comisión de varios atentados terroristas, entre ellos el cometido contra el escolta Gabriel Ginés; la colocación de una bomba en el monte Arnotegui de Bilbao; y el atentado contra los juzgados de Sestao (Vizcaya).

DIEZ AÑOS PARA UN PRESUNTO ISLAMISTA

La Audiencia Nacional también juzgará a partir del próximo miércoles al presunto islamista Faiçal Errai, que fue detenido en agosto de 2010 en Benitatxell (Alicante) por crear una web y un foro de propaganda dirigidos a la captación y el reclutamiento de yihadistas.

Según consta en su escrito provisional de acusación, la fiscal Dolores Delgado reclama una pena de diez años de cárcel para el procesado como autor de un delito de integración en organización terrorista.

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