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ETA

La Fiscalía pide al Supremo que ordene repetir el juicio contra dos etarras por atacar los juzgados de Getxo en 2007

21/02/2013
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Pide anular la sentencia absolutoria porque la Audiencia Nacional no valoró una prueba pericial "vital" sobre rastros de ADN en el artefacto

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía ha solicitado este miércoles al Tribunal Supremo que anule la sentencia que absolvía a Arkaitz Goikoetxea Basabe y Aitor Cotano Sinde, 'Rumano', por el doble atentado cometido el 11 de noviembre de 2007 contra los juzgados vizcaínos de Getxo y ordene repetir el juicio para valorar una prueba pericial que resulta "vital" para corroborar su participación en el ataque.

En una vista celebrada ante la Sala de lo Penal, el representante del Ministerio Público ha reprendido la negativa de la Audiencia Nacional a interrogar un perito que tenía en su poder un informe sobre los rastros genéticos hallados en la olla expréss con artefactos explosivos localizada en el lugar de los hechos.

Según el fiscal, esta prueba pericial corroboraría la declaración que Cotano prestó en sede policial en la que reconocía que él y otro miembro del comando Asier Borrero colocaron los explosivos, aunque luego se desdijo ante el juez.

El Ministerio Público defiende que esta prueba es "pertinente, posible y necesaria" para examinar los vestigios de ADN y la negativa del tribuna fue injustificada. La Fiscalía había pedido entonces en la Audiencia Nacional sendas penas de 44 años de prisión.

ABSOLUCIÓN DE LA AUDIENCIA NACIONAL

La defensa de los absueltos ha afirmado que la exigencia de una nueva valoración de la prueba no cumple los requisitos para que el alto tribunal ordene la repetición de la vista oral y, en todo caso, no es necesaria, posible ni suficiente para sustentar una posible condena.

La resolución del Supremo, de la que será ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, revisará la dictada el pasado mes de mayo por la Audiencia Nacional que justificó las absoluciones en el hecho de que la acusación pública no atribuyera a Goikoetxea el delito de tenencia de explosivos, por el que podría haber sido condenado como consecuencia de este atentado. El ataque causó heridas a dos agentes de la Ertzaintza.

La resolución dictada en su día sostenía que, aunque el hallazgo de las huellas del acusado en la bomba demuestra "fuera de toda duda" que tuvo "contacto físico" con ella y que incluso la pudo elaborar, no ha podido demostrarse que fuera autor de su colocación.

Además, la Audiencia Nacional justificó la absolución de Cotano argumentando que la única prueba que existe contra él es una declaración que realizó ante la Guardia Civil tras ser detenido en la que reconocía que cometió este atentado junto a su compañero en el 'comando Hegoak' Asier Borrero.

Los magistrados constataron que el etarra aseguró que realizó estas manifestaciones tras haber sido sometido a malos tratos y agregan que no existen en la causa "elementos corroboradores externos" que demuestren su autoría.

El primer artefacto pudo ser desactivado por los artificieros de la policía autónoma vasca tras recibirse una llamada a las 6.18 horas en el servicio de emergencia SOS Deiak. El segundo, sin embargo, se encontraba oculto en una papelera situada a diez metros de la puerta del juzgado y no fue descubierto hasta las 13.30, después del visionado de las cámaras de seguridad y cuando, según declaró un mando de la Ertzaintza, en el lugar "había representantes políticos, periodistas y mucha gente".

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