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Servicios transferidos al Consejo General de Aran en materia de transporte regular de viajeros

15/02/2013
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Decreto 107/2013, de 12 de febrero, de ampliación de la aportación económica de la Generalidad de Cataluña para la financiación de los servicios transferidos al Consejo General de Aran en materia de transporte regular de viajeros (DOGC de 14 de febrero de 2013). Texto completo.

DECRETO 107/2013, DE 12 DE FEBRERO, DE AMPLIACIÓN DE LA APORTACIÓN ECONÓMICA DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS SERVICIOS TRANSFERIDOS AL CONSEJO GENERAL DE ARAN EN MATERIA DE TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS.

La Ley 16/1990, de 13 de julio Vínculo a legislación, sobre el régimen especial de Era Vall d’Aran, establece en el artículo 20.3 que la Generalidad ha de ceder al Consejo General de Aran competencias y servicios sobre diversas materias, entre las que, en el apartado r), se hace referencia al transporte interior de viajeros.

Mediante el Decreto 164/1999, de 15 de junio, se aprobó el Acuerdo de traspaso de competencias y servicios de la Generalidad de Cataluña al Consejo General de Aran en materia de transporte interior de viajeros, adoptado por el Pleno de la Comisión Gobierno de la Generalidad-Consejo General de Aran, en fecha 4 de mayo de 1999.

El Pleno de la Comisión Gobierno de la Generalidad-Consejo General de la Vall d’Aran, en fecha 14 de diciembre de 2011, adoptó un acuerdo relativo a la ampliación de la aportación económica de la Generalidad de Cataluña para la financiación de los servicios de transporte regular de viajeros, de conformidad con el procedimiento previsto en el Decreto 275/1991, de 11 de diciembre, mediante el que se desarrolla la composición, la organización y el funcionamiento de la mencionada Comisión, ampliación que ha sido definitivamente aprobada mediante el Acuerdo de la propia Comisión Gobierno de la Generalidad-Consejo General de la Vall d’Aran, de fecha 13 de diciembre de 2012.

A propuesta de la vicepresidenta del Gobierno, y consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales, y del consejero de Territorio y Sostenibilidad, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Aprobar el Acuerdo de ampliación de la aportación económica de Generalidad de Cataluña para la financiación de los servicios transferidos al Consejo General de Aran en materia de transporte regular de viajeros, que se publica anexo a este Decreto.

Anexo

Acuerdo sobre la ampliación de la aportación económica de la Generalidad de Cataluña para la financiación de los servicios transferidos al Consejo General de Aran en materia de transporte regular de viajeros

Mediante el Decreto 164/1999, de 15 de junio, se aprobó el Acuerdo de traspaso de competencias y servicios de la Generalidad de Cataluña al Consejo General de Aran en materia de transporte interior de viajeros, adoptado por el Pleno de la Comisión Gobierno de la Generalidad-Consejo General de Aran, en fecha 4 de mayo de 1999. El apartado 2.a del Acuerdo de traspaso establecía los medios financieros que se traspasaban.

El 4 de mayo de 1999, la Generalidad de Cataluña, mediante el departamento competente en materia de política territorial y obras públicas, y el Consejo General de Aran formalizaron un convenio en el cual se definían las actuaciones de las partes para la gestión y la financiación de las medidas adoptadas para la mejora de la red de transporte público de viajeros por carretera en Era Vall d’Aran.

El 14 de mayo de 2008 se firmó un protocolo adicional al citado convenio al efecto de actualizar los datos relativos al servicio de transporte que constituyen su objeto y la cuantía de la aportación económica del departamento competente en materia de política territorial y obras públicas. El protocolo adicional establecía la contribución económica del Departamento para hacer frente al déficit de explotación y de gestión de los servicios públicos de transporte regular, sin perjuicio de que fuera aplicada en ejercicios posteriores mediante las correspondientes adendas. En ejercicios posteriores se ha mantenido esta aportación anual por parte del Departamento.

-1 Ampliación de la aportación económica

Dada la necesidad de garantizar un marco estable de financiación de los servicios de transporte regular de viajeros traspasados al Consejo General de Aran, procede adaptar la cuantía inicialmente fijada en el apartado 2.a del Decreto 164/1999, de 15 de junio, a la realidad actual y futura del nivel de servicios que es necesario prestar para garantizar una correcta movilidad con medios de transporte público en la Vall d’ Aran.

En consecuencia, se amplía la aportación económica de la Generalidad de Cataluña para la financiación del servicio de transporte regular de viajeros en la Vall d’ Aran, en 139.164,47 euros/año.

El cálculo de la dotación económica previsto en el párrafo anterior se ha establecido para toda la anualidad. Para el ejercicio 2013, este importe va a cargo del Departamento de Territorio y Sostenibilidad. Para ejercicios futuros, este importe se incluirá en la valoración económica del acuerdo de financiación entre la Generalidad de Cataluña y el Consejo General y se actualizará de acuerdo con lo que disponga el citado acuerdo.

-2 Aportación complementaria

Como entrega por una sola vez, y sin que se incorpore a la valoración económica de los medios transferidos, la Generalidad de Cataluña debe transferir al Consejo General de Aran, a cargo del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, la cantidad de 139.164,47 euros, con carácter de aportación complementaria. Esta cantidad se liquidará de conformidad con las anualidades que se acuerden en el seno de la Comisión Gobierno de la Generalitat -Consejo General de la Vall d’Aran o de mutuo acuerdo entre ambas administraciones.

-3 Efectividad del Acuerdo

Este Acuerdo produce efectos a partir del 1 de enero de 2013.

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