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Subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones de formación profesional para el empleo

28/12/2012
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Orden EYE/1118/2012, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, con compromiso de contratación, en la Comunidad de Castilla y León, y se convocan subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para el año 2013 (BOCYL de 27 de diciembre de 2012). Texto completo.

ORDEN EYE/1118/2012, DE 20 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE ACCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO, EN SU MODALIDAD DE OFERTA, DIRIGIDAS PRIORITARIAMENTE A TRABAJADORES DESEMPLEADOS, CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN, EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, PARA EL AÑO 2013.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio Vínculo a legislación, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que pretende responder a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. En desarrollo de la citada Ley Orgánica, el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo Vínculo a legislación, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, desarrolla las distintas iniciativas de formación que configuran el subsistema de formación profesional para el empleo, su régimen de funcionamiento y financiación, así como su estructura organizativa y de participación institucional.

La Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo Vínculo a legislación, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, contempla entre las modalidades de la formación de oferta financiadas mediante subvenciones públicas y concedidas al amparo de la citada orden, las acciones formativas dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados, así como las acciones formativas dirigidas prioritariamente a desempleados que incluyan compromisos de contratación.

La Estrategia Española de Empleo, aprobada por Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre Vínculo a legislación, se configura como el marco normativo para la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo en el conjunto del Estado, erigiéndose en un marco de referencia compartido, a partir del cual los Servicios Públicos de Empleo deben diseñar y gestionar sus propias políticas activas de empleo.

En el ámbito autonómico, la Estrategia Española de Empleo encuentra su desarrollo y concreción en la Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad, 2012-2015, acordada en el marco del diálogo social de Castilla y León.

El artículo 76 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a la Comunidad de Castilla y León la función ejecutiva en materia de empleo y políticas activas de ocupación. Por Real Decreto 148/1999, de 29 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en materia de gestión de la formación profesional ocupacional, se atribuyó a la Comunidad de Castilla y León la ejecución del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, regulado por el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo Vínculo a legislación, o norma que lo sustituyera, en la actualidad el citado Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo Vínculo a legislación.

El artículo 4.3.a) Vínculo a legislación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, contempla, dentro de las funciones de dicho organismo autónomo, la elaboración y gestión de las acciones del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, antecedente de la actual formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados.

La Orden EYE/387/2010, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, en la Comunidad de Castilla y León, ha constituido hasta el momento la complementación y desarrollo, en las materias a las que se refiere, de la regulación contenida en la citada Orden TAS/718/2008, de 7 marzo Vínculo a legislación.

Con el objetivo de lograr una gestión más ágil, rigurosa y homogénea de los procedimientos de concesión y gestión de subvenciones dirigidas a financiar acciones de formación profesional para el empleo con compromiso de contratación, y una mejor y más pronta satisfacción de las necesidades formativas de los trabajadores desempleados de la Comunidad de Castilla y León, se considera necesario aprobar unas bases reguladoras específicas de las acciones formativas con compromiso de contratación, en los términos del Anexo I de la presente orden.

Así mismo, la actual crisis económica hace que sea urgente la puesta en marcha de las acciones formativas a las que se refiere la presente orden, y por ello, y con el fin de reducir al máximo los tiempos de tramitación, se hace uso de la habilitación prevista en el artículo 16.1.a) Vínculo a legislación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, procediéndose a la aprobación conjunta de las bases reguladoras de la subvención y de la convocatoria que se contiene en el Anexo II.

Las actuaciones objeto de la convocatoria contenida en el Anexo II podrán ser cofinanciadas hasta en un 80% por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo Plurirregional de Adaptabilidad y Empleo n.º 2007ES05UPO001, aprobado con fecha 14 de diciembre de 2007, para el período 2007-2013, al incluirse la Comunidad Autónoma de Castilla y León dentro de las regiones “Phasing-in” del objetivo competitividad regional y empleo.

En consecuencia, en virtud de las competencias que tengo conferidas por la Ley 10/2003 Vínculo a legislación, de Creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, y por la Ley 3/2001, de 21 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1. Aprobación de bases reguladoras.

Se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, con compromiso de contratación, en la Comunidad de Castilla y León, en los términos del Anexo I de la presente orden.

Artículo 2. Convocatoria de subvenciones para el año 2013.

Se convocan subvenciones, cofinanciadas hasta en un 80% por el Fondo Social Europeo, para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, con compromiso de contratación, en la Comunidad de Castilla y León, para el año 2013, en los términos del Anexo II de la presente orden.

Disposición transitoria.

Lo dispuesto en la presente orden será de aplicación a los procedimientos de concesión de subvenciones que se inicien a partir de su entrada en vigor. A los procedimientos ya iniciados con anterioridad a dicha fecha, les será de aplicación la normativa vigente en el momento de su inicio.

Disposición derogatoria.

Queda derogada la Orden EYE/387/2010, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, en la Comunidad de Castilla y León, en lo referente a las subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, con compromiso de contratación, en la Comunidad de Castilla y León.

Disposición final primera. Resoluciones e instrucciones para la ejecución.

Se faculta al Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para la ejecución de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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