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TeleTech

La Audiencia Nacional avala el despido colectivo en TeleTech y desestima los recursos de CGT y CSIF

21/12/2012
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CGT impondrá recurso ante el Tribunal Supremo

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dado el 'visto bueno' al expediente de regulación de empleo (ERE) en la empresa de 'contact center' TeleTech, que supuso el despido colectivo de 1.500 personas, al considerar que se dan las causas económicas y productivas que exige la reforma laboral.

De esta forma, la Sala de lo Social desestima los recursos presentados por CGT y CSIF y avalan los despidos, que fueron aceptados por el 77% de los representantes de los trabajadores a través de los sindicatos mayoritarios UGT y CC.OO.

De acuerdo con la sentencia, a pesar de que en 2011 la empresa ganó 46.000 euros, TeleTech tuvo una reducción "sustancial" de ingresos y ventas y sus previsiones de pérdidas para 2012 ascienden a 7,7 millones de euros y a 26 millones para el próximo año debido a la pérdida de contratos con las principales empresas de telefonía, que se están viendo afectadas por la baja de cientos de líneas móviles.

EL ACUERDO "MÁS FAVORABLE" PARA LOS TRABAJADORES

De acuerdo con los magistrados, al no existir otros operadores posibles en el mercado de 'contact center', la empresa tenía dos opcione: o bien la liquidación ordenada o el incremento geométrico de pérdidas con el propósito de buscar clientes "quiméricos", cuya existencia ni se ha probado, ni se ha intentado probar por los demandantes.

De esta forma, para la Audiencia Nacional se ha logrado un acuerdo "muy favorable" en las actuales condiciones de mercado entre la mayoría sindical y la compañía.

"La extinción de todos los puestos de trabajo, indemnizada con 35 días por año de servicio sin límite, frente a los 25 ofertados en un principio, incluyendo a algunos contratados de obra y mejorando la indemnización de los demás era la única salida razonable", señala la sentencia.

CGT RECURRIRÁ AL SUPREMO

La Audiencia Nacional ha recordado que la sentencia puede ser recurrida en casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en un plazo de cinco días. En este sentido, fuentes de CGT han explicado a Europa Press que recurrirán la sentencia a instancias superiores.

"La sentencia de la Audiencia Nacional se centra en el acuerdo firmado entre la empresa y los sindicatos mayoritarios. No obstante, consideramos que se produce un fraude de ley claro y vamos a acudir ante el Supremo", han indicado las fuentes de CGT.

Para este sindicado, en el acuerdo alcanzado con CC.OO. y UGT, se firjaron condiciones distintas para los trabajadores en función de su tipo de contrato y según el lugar de prestación de los servicios, lo que supone una "vulneración" de un derecho fundamental.

En virtud del acuerdo, los trabajadores con contrato por obra y servicio de Madrid, correspondientes a la campaña de Movistar, y los indefinidos de Valencia y Toledo recibirán una indemnización de 35 días por año trabajado, mientras que los empleados por obra y servicio de los centros de Valencia y Toledo serán indemnizados con 21 días por año.

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