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ETA

El Supremo mantiene en 2029 la salida de prisión del etarra que asesinó al general Azcárraga

16/02/2012
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Se opone a aplicar el doble cómputo y a revisar la liquidación de condena de Ramón Aldasoro, condenado a más de un siglo de cárcel

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se ha opuesto a realizar una nueva liquidación de condena al miembro de la banda terrorista ETA Ramón Aldasoro al rechazar aplicarle la doctrina constitucional del doble cómputo de la prisión preventiva. De esta forma, mantiene su salida de la cárcel para diciembre de 2029.

El alto tribunal rechaza así el recurso presentado por Aldasoro, condenado a más de un siglo de cárcel por el asesinato a tiros del general retirado del Ejército del Aire Luis de Azcárraga en la localidad alavesa de Salvatierra; los disparos que causaron la muerte inmediata de los policías nacionales Francisco Espina Vargas y Antonio Gómez Osuna en Vitoria; y el atentado perpetrado contra el cuartel de la Guardia Civil de Llodio. Todas estas acciones se cometieron en 1988.

La defensa ejercida por el abogado Iker Urbina -ahora diputado de Amaiur- interpuso el recurso contra el auto dictado el pasado junio por la Audiencia Nacional en el que se rechazaba revisar el licenciamiento definitivo de la condena de Aldasoro.

El recurrente alegaba haber estado en situación de prisión provisional por varias causas simultáneamente y añadía que existieron periodos coincidentes en los que se encontró en situación de preso preventivo y penado.

Por ello, solicitaba que le fuera abonado el tiempo que permaneció en prisión provisional en aplicación a la doctrina fijada en 2008 por el Tribunal Constitucional que permite el doble cómputo del tiempo de prisión provisional cuando se está cumpliendo otra condena y que en la práctica supone restar el tiempo que debe permanecer entre rejas el reo.

"LÍMITE INALTERABLE"

En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, los magistrados apelan a la jurisprudencia emanada de este órgano para argumentar que el cómputo de los periodos de prisión preventiva se ha de llevar a cabo con independencia del límite máximo del cumplimiento efectivo de la pena.

Aunque se aceptase la práctica de una nueva liquidación, los jueces añaden que no tendría incidencia alguna en la condena de Aldasoro y el límite máximo en prisión de 30 años "permanecería inalterable".

El Ministerio del Interior alejó el año pasado a Ramón Aldasoro, de 61 años de edad, de prisión en aplicación de los 'castigos' que aplica a los presos que no muestran avances en su ruptura con ETA.

Este etarra integró los comandos 'Tontorramendi' y 'Araba' antes de fugarse a México y después pasar a residir a Miami, desde donde fue extraditado en 1999 para ser juzgado en España.

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