DECRETO 423/2011, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 197/2010, DE 14 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE PRORROGA LA VIGENCIA DE DETERMINADOS CONTRATOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS PARA EL AÑO 2011.
Preámbulo
El Decreto 197/2010, de 14 de diciembre, por el que se prorroga la vigencia de determinados contratos para la prestación de servicios sanitarios para el año 2011 aprobó que los contratos suscritos por el Servicio Catalán de la Salud con las entidades correspondientes para la prestación de actividades sanitarias previstas en el artículo 8 de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, a las que hacía referencia el artículo 4.1.e) del Decreto 345/2001, de 24 de diciembre, y actualmente hace referencia el artículo 3.f) del Decreto 66/2010, de 25 de mayo, por el que se regula el establecimiento de los convenios y contratos de gestión de servicios asistenciales en el ámbito del Servicio Catalán de la Salud, así como las autorizaciones administrativas otorgadas con esta misma finalidad, se prorrogaran hasta que se suscribieran los nuevos contratos de acuerdo con el procedimiento establecido en el mencionado Decreto 66/2010, de 25 de mayo; añadiendo que esta prórroga se establecía, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2011.
Paralelamente, se publicó el Decreto 196/2010, de 14 de diciembre , del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT), lo que ha hecho necesario que el Servicio Catalán de la Salud priorizara la preparación de los convenios de vinculación que se deben suscribir con los titulares de los centros de la red de centros de internamiento de utilización pública de Cataluña, de manera que durante el año 2011 no se ha podido cerrar por completo la revisión y reordenación de una parte de los contratos y autorizaciones administrativas que habían sido prorrogados por el artículo 1 del precitado Decreto 197/2010, de 14 de diciembre.
De acuerdo con esto, se ha hecho patente la necesidad de prorrogar, como máximo hasta el 31 de diciembre de 2012, determinados contratos suscritos para la prestación de actividades sanitarias previstas en el artículo 8 de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, a las que hacía referencia el artículo 4.1.e) del Decreto 345/2001, de 24 de diciembre, y actualmente, hace referencia el artículo 3.f) del mencionado Decreto 66/2010, de 25 de mayo, así como las autorizaciones administrativas otorgadas con esta misma finalidad que están pendientes de su adaptación al Decreto 66/2010, de 25 de mayo, por el que se regula el establecimiento de los convenios y contratos de gestión de servicios asistenciales en el ámbito del Servicio Catalán de la Salud.
Por último, como la actual prórroga de estos contratos finaliza el 31 de diciembre de 2011, es necesario que el Decreto entre en vigor al día siguiente de su publicación.
Por todo esto, a propuesta del consejero de Salud, y con la deliberación previa del Gobierno,
Decreto:
Artículo único
Se modifica el segundo párrafo del artículo 1 del Decreto 197/2010, de 14 de diciembre, por el que se prorroga la vigencia de determinados contratos para la prestación de servicios sanitarios para el año 2011, que queda redactado de la siguiente manera:
En todo caso, esta prórroga se establece, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2012, con los parámetros de contratación vigentes mientras no se apruebe el presupuesto correspondiente al ejercicio 2012.
Disposición final única
Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya