Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 28/12/2011
 
 

Denuncia por España del Convenio relativo a los documentos nacionales de identidad de la gente del mar

28/12/2011
Compartir: 

Denuncia por España del Convenio número 108 de la OIT, relativo a los documentos nacionales de identidad de la gente del mar, hecho en Ginebra el 13 de mayo de 1958. (BOE de 28 de diciembre de 2011) Texto completo.

DENUNCIA POR ESPAÑA DEL CONVENIO NÚMERO 108 DE LA OIT, RELATIVO A LOS DOCUMENTOS NACIONALES DE IDENTIDAD DE LA GENTE DEL MAR, HECHO EN GINEBRA EL 13 DE MAYO DE 1958.

Preámbulo

El 26 de mayo de 2011 España ratificó el Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003, hecho en Ginebra el 19 de junio de 2003, que entró en vigor para España el 26 de noviembre de 2011.

Los párrafos 12 y 13 de su preámbulo declaran lo siguiente:

“... Habiendo decidido adoptar una serie de propuestas referentes a un sistema más seguro de identificación de la gente de mar, cuestión que constituye el séptimo punto del orden del día de la reunión;

Habiendo decidido que estas propuestas revestirán la forma de un convenio internacional por el que se revise el Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar, 1958,...”

Este último Convenio, del que España es parte desde el 5 de mayo de 1972, en su artículo 13.1 a) dispone:

“1. En caso de que la conferencia adopte un nuevo convenio que implique una revisión total o parcial del presente, y a menos que el nuevo convenio contenga disposiciones en contrario:

a) la ratificación, por un Miembro, del nuevo convenio revisor implicará, ipso jure, la denuncia inmediata de este Convenio, no obstante las disposiciones contenidas en el artículo 9, siempre que el nuevo convenio revisor haya entrado en vigor.”

La aplicación conjunta de lo dispuesto en ambos convenios, implica que la ratificación por España del Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003, hecho en Ginebra el 19 de junio de 2003, implica ipso jure la denuncia inmediata del Convenio número 108 de la OIT, relativo a los documentos nacionales de identidad de la gente del mar, hecho en Ginebra el 13 de mayo de 1958.

En consecuencia, la denuncia por España de este último Convenio se produjo el 26 de mayo de 2011, produciendo sus efectos a partir del 26 de noviembre de 2011.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  4. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  5. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  6. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana