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ETA

El Tribunal Supremo rebaja a la mitad la condena a un etarra que puso una bomba en un repetidor de Mendibil

19/12/2011
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Las cámaras grabaron a Zerain comprando bombonas de gas para fabricar los artefactos y el otro acusado le inculpó en el juicio

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido rebajar de 9 años y a 4 años y ocho meses de cárcel la condena del etarra Jokin Zerain por colocar dos artefactos explosivos caseros durante la madrugada del 11 de mayo de 2009 en un repetidor de telefonía de la localidad alavesa de Mendibil, en el término municipal de Arrazua-Ubarrundia.

La Audiencia Nacional consideró a Zerain el pasado mes de abril culpable de un delito de daños terroristas y otro de tenencia y transporte de componentes de artefactos explosivos. El Supremo discrepa del criterio del tribunal de instancia y no comparte que el condenado actuara como "promotor u organizador" del depósito de explosivos.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, estima el recurso de Jokin Zerain y rebaja la pena al aplicar un concurso medial entre los dos delitos, en la medida en que el acopio de explosivos era un medio para provocar el ataque en el repetidor de telefonía móvil.

El Supremo recuerda que la sentencia condenatoria tuvo en cuenta la adquisición por parte de Zerain de cuatro bombonas de gas en un centro comercial de Vitoria, que quedó grabada en las cámaras de vídeo de seguridad del establecimiento y en el ticket de compra en el que constaba la hora de su obtención.

El tribunal valoró igualmente la "proximidad" del acusado con varios detenidos por su posible integración en el 'comando Ahiur' de ETA, como era Iván Sáez, Alex Uriarte o Sergio Sáez de Uarabaín, para quienes había organizado una cena dirigida a recaudar fondos para los dos últimos que se encontraban en prisión.

EL PÚBLICO AL COIMPUTADO: "¡QUÉ HIJO DE PUTA!"

En cuanto a la declaración incriminatoria que hizo durante el juicio Ander Arrue, el otro acusado por estos hechos, la resolución destaca que ha quedado corroborada por otras pruebas de cargo como son los testimonios de varios ertzainas. La defensa de Zerain criticó que este testimonio fue "cambiante" y "carente de toda coherencia lógica", por lo que consideraba que tenía "un móvil espurio" y "sólo le movía el deseo de no ingresar en prisión".

La Audiencia Nacional impuso a Ander Arrue un año de cárcel por mostrarse arrepentido durante la vista oral y pagar 6.864 euros en concepto de responsabilidad civil.

Arrue manifestó en el juicio que el otro acusado le pidió que guardara en su domicilio una bolsa con petardos y que "por amistad" la conservó, momento en el que algunos familiares y amigos de Zerain que se encontraban entre el público exclamaron reiteradamente: "¡qué hijo de puta!, ¡qué hijo de puta!".

La Sección Primera de la Sala de lo Penal consideró a Ander Arrue culpable de un delito de tenencia y depósito de componentes explosivos por guardar el material pirotécnico y la mecha que se utilizó en el ataque pero aplicó a la condena dos atenuantes, la de confesión y la de reparación del daño.

Según los hechos, la noche del 11 de mayo de 2009 dos artefactos incendiarios de tipo mixto hicieron explosión en el repetidor de telefonía de Mendibil, causando daños de 5.148 euros, en protesta por las detenciones del 'comando Ahiur'. Zerain adquirió ese día cuatro bombonas que coincidían con las utilizadas en el ataque y en su domicilio se hallaron sprays de gas y unos alicates similares a los utilizados en el atentado.

Según la sentencia, no se acreditó que la acción hubiera sido "programada, dirigida y ejecutada" en nombre de ETA, que no la reivindicó como propia. En 2003, Zerain fue condenado a dos años de cárcel por pertenecer a la banda terrorista.

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