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EKIN

El TS confirma la condena de un miembro de EKIN que pidió ser absuelto por "la nueva situación"

23/11/2011
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Unai Hernández Sistiaga cumplirá siete años de cárcel por ser miembro "liberado" de la organización ilegal

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de siete años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso al miembro de EKIN Unai Hernández Sistiaga, desoyendo de esta forma la petición que realizó su abogado durante la vista de casación, en la que reclamó que fuera absuelto por "la actual situación" que, a su juicio, vive el País Vasco tras el "cese definitivo de las acciones armadas" decretado por ETA.

Así consta en una sentencia dictada por la Sala de lo Penal del alto tribunal en la que se rechaza el recurso de casación plenteado por la defensa Hernández Sistiaga y se avala que fuera condenado en enero de 2011 por un delito de integración en organización terrorista.

La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, valora como pruebas las declaraciones del propio acusado y de su compañera sentimental, Olatz Eguiguren, cofundadora de EKIN, y el hecho de que acudió al menos a dos reuniones de la organización en las que se diseñó su "plan estratégico".

Tras recordar que los asistentes adoptaban "medidas de seguridad" como retirar las baterías de los teléfonos móviles a fin de "evitar seguimientos, vigilancias y la localización de miembros de las Fuerzas de Seguridad", la sentencia señala que Hernández Sistiaga disponía de las llaves de la sede donde se celebraban los encuentros.

A SUELDO DE EKIN

El tribunal también ha valorado las declaraciones realizadas por los peritos guardias civiles que comparecieron en el juicio y que señalaron que el acusado era "miembro liberado de EKIN" y percibía por desarrollar sus funciones un sueldo de 55.000 pesetas (330,5 euros). Asimismo, examinaron documentos incautados en Francia que ponían de manifiesto "el binomio ETA-KAS y el tránsito de KAS a EKIN, cuando fue ilegalizado". El magistrado Perfecto Andrés rechaza estas pruebas en un voto particular.

De igual modo, los magistrados han tenido en cuenta como prueba condenatoria una conversación telefónica que el acusado mantuvo el 8 de febrero de 2000 con Olatz en la que se comprometía a encargarse a partir de marzo de ese año del área de educación de la organización.

También constatan que, "una vez obtenida la calificación como terrorista de la organización de referencia", en alusión a EKIN, "lo acertado es la atribución automática de integrante para todos aquellos que, cumpliendo las exigencias de conocimiento de los fines, fueran sus miembros". "Quien forma parte activa, cualquiera que sea su cometido personal concreto con un designio terrorista, merecería, evidentemente, la denominación de "integrante" y la sanción penal correspondiente por ello", apunta el tribunal.

Hernández Sistiaga no pudo ser juzgado en el macroproceso que se celebró contra EKIN, KAS y XAKI entre noviembre de 2005 y marzo de 2007 porque aprovechó una libertad condicional para permanecer huido de la justicia durante seis años.

56 ACUSADOS Y 38 CONDENAS

El proceso contra el aparato político, institucional e internacional de la banda, instruido a partir del sumario 18/98, fue impulsado por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, que dirigió el 28 de mayo de 1998 una operación que permitió a la Policía desmantelar un entramado de empresas vinculadas a ETA que daban cobertura a terroristas huidos a países de Iberoamérica y prestaban financiación a la organización.

El juicio, el más largo de la historia de la Audiencia Nacional, comenzó el 21 de noviembre de 2005 y se desarrolló a lo largo de 126 jornadas. Los 56 acusados iniciales quedaron reducidos a 52 después del fallecimiento del ex dirigente de la izquierda abertzale Jokin Gorostidi, de la exclusión por motivos de salud de Iñigo Elkoro Ayastui y José Ramón Aranguren y de que el Ministerio Público retirara la acusación contra José Ignacio Uruñuela.

Si bien al inicio del juicio se pidieron para los 52 acusados iniciales penas que oscilaban entre los 10 y 51 años de cárcel y que en total sumaban 927 años, el Ministerio Público rebajó su petición a casi la mitad, a penas de entre 4 y 19 años de cárcel, un total de 484 años.

La Audiencia Nacional condenó en diciembre de 2007 a 47 de los 52 acusados en el macroproceso contra las organizaciones EKIN, KAS y XAKI a penas de entre 2 y 24 años de cárcel, aunque en mayo de 2009 el Tribunal Supremo absolvió a 9 de ellos y rebajó considerablemente las condenas a todos los procesados menos uno por falta de proporcionalidad de las mismas.

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