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FP

Ciclos formativos de grado medio y superior

24/10/2011
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Orden de 11 de octubre de 2011 por la que se convocan cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior de Formación Profesional del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2011/2012 (DOE de 21 de octubre de 2011). Texto completo.

ORDEN DE 11 DE OCTUBRE DE 2011 POR LA QUE SE CONVOCAN CURSOS DE PREPARACIÓN DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, PARA EL CURSO 2011/2012

La Ley 4/2011, de 7 de marzo Vínculo a legislación, de Educación de Extremadura establece en su artículo 124.1 que la oferta de educación para personas adultas incluirá enseñanzas dirigidas a la obtención de certificaciones y titulaciones del sistema educativo, a la preparación de pruebas para el acceso a diferentes etapas educativas y a la cualificación profesional.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la ordenación general del sistema educativo, establece en su disposición final primera que todas las disposiciones contempladas en el mismo serán de aplicación en el curso 2012/2013, no obstante las administraciones educativas podrán anticipar la implantación de las medidas que consideren necesarias en el curso 2011/2012.

Un objetivo fundamental de la Consejería de Educación y Cultura, es promocionar la formación y la cualificación profesional de toda la ciudadanía de Extremadura, y facilitar el ejercicio del derecho a la formación a lo largo de la vida, estableciendo los instrumentos necesarios para su consecución. Uno de estos recursos son los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo, cuyo objetivo es completar la formación necesaria que facilite la superación de las pruebas y, con ello, la incorporación a las enseñanzas de formación profesional.

En atención a lo anterior, la presente orden convoca cursos de preparación para las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo tanto de grado medio como de grado superior para el curso 2011/2012.

Por todo ello, y en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero Vínculo a legislación, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

La presente orden tiene por objeto convocar, para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos de formación profesional de grado medio y de grado superior a los que se refiere el artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el artículo 124.1 Vínculo a legislación de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, en las modalidades presencial y a distancia a través del Proyecto @vanza, en el curso 2011/2012.

Artículo 2. Finalidad de los cursos.

1. La finalidad de los cursos de preparación de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio es contribuir a la adquisición de los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento las enseñanzas conducentes al título de Técnico.

2. La finalidad de los cursos de preparación de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior es contribuir a la adquisición de la necesaria madurez en relación con los objetivos de bachillerato para cursar con aprovechamiento las enseñanzas conducentes al título de Técnico Superior.

Artículo 3. Requisitos de los solicitantes de cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos de grado medio.

Podrán acceder a los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos de grado medio, quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) A la finalización del curso, objeto de la presente orden, el alumno deberá cumplir los requisitos de edad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

b) No estar en posesión de ninguna titulación académica que permita el acceso directo a ciclos formativos de grado medio (título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller, Técnico, Técnico Superior, etc.), ni haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio en convocatorias anteriores.

Artículo 4. Requisitos de los solicitantes de cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos de grado superior.

Podrán acceder a los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos de grado superior quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) A la finalización del curso, objeto de la presente orden, el alumno deberá cumplir los requisitos de edad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20.4 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, o estar matriculado en segundo curso de un ciclo formativo de grado medio relacionado con el ciclo formativo de grado superior al que se quiera acceder según la relación establecida en el Anexo XVIII de esta orden.

b) No estar en posesión de ninguna titulación académica que permita el acceso directo a ciclos formativos de grado superior (Bachiller, Técnico Superior, etc.), ni haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior en convocatorias anteriores.

Artículo 5. Criterios de admisión.

1. Cuando el número de plazas ofertadas en cada uno de los cursos sea igual o mayor que las solicitudes presentadas serán admitidas todas, siempre y cuando se observen los requisitos de acceso establecidos en la presente orden.

2. Cuando el número de plazas ofertadas en cada uno de los cursos sea inferior al de solicitudes presentadas, dichas solicitudes se ordenarán según los siguientes criterios de prioridad:

a) Para los cursos de preparación para las pruebas de acceso a grado medio:

- Las que correspondan a personas que hayan superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial, ordenadas de acuerdo con el orden descendente de la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los diferentes módulos, tanto de carácter general como específicos.

- Las de otros solicitantes.

b) Para los cursos de preparación de las pruebas de acceso a grado superior:

- Las de quienes estén en posesión del título de Técnico o equivalente, ordenados de acuerdo con el orden descendente de calificación final del ciclo formativo cursado.

- Las de quienes hayan superado la totalidad de los módulos que componen el primer curso de un ciclo formativo de grado medio y estén matriculados en el segundo curso de dicho ciclo formativo, ordenadas de acuerdo con el criterio de nota media de los módulos profesionales correspondientes al primer curso, en orden descendente.

- Las de quienes estén matriculados en el segundo curso de un ciclo formativo de grado medio y no hayan superado la totalidad de los módulos que componen el primer curso del mismo ciclo formativo, ordenadas de acuerdo con el criterio de la nota media de los módulos profesionales correspondientes al primer curso en orden descendente.

- Las de otros solicitantes.

3. Para cada uno de estos grupos, los empates se resolverán por sorteo público que realizará el equipo directivo del centro.

Artículo 6. Contenido de los cursos.

1. Los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio versarán sobre los contenidos relativos a las siguientes materias:

a) Ámbito de la comunicación.

b) Ámbito científico-tecnológico.

c) Ámbito social.

2. Los contenidos específicos de cada uno los ámbitos a que se refiere el apartado anterior, tendrán como referencia los que se prevén en el Anexo I de la presente orden.

3. Los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior versarán sobre los contenidos relativos a las siguientes materias:

a) Lengua castellana y literatura.

b) Fundamentos de matemática.

4. Los contenidos específicos de cada uno de los ámbitos a que se refiere el apartado anterior, tendrán como referencia los que se prevén en el Anexo II de la presente orden.

Artículo 7. Estructura, organización y duración.

1. El curso de preparación de pruebas para el acceso a ciclos formativos de grado medio tendrá la siguiente organización y distribución horaria semanal:

a) Ámbito de la Comunicación: 3 horas.

b) Ámbito Científico-Tecnológico: 3 horas.

c) Ámbito Social: 3 horas.

2. El curso de preparación de la prueba para el acceso a ciclos formativos de grado superior tendrá la siguiente distribución horaria semanal:

a) Lengua Castellana y Literatura: 3 horas.

b) Fundamentos de Matemática: 3 horas.

3. El alumnado que se matricule en un curso de preparación de pruebas de acceso tendrá que hacerlo en todas las materias que lo componen.

4. Las materias de estos cursos no serán convalidadas en ninguna otra enseñanza conducente a títulos oficiales.

5. La superación total o parcial del curso de preparación no genera ninguna exención a efectos de las pruebas de acceso a ciclos formativos.

6. Los cursos de preparación de pruebas para el acceso, tanto para grado medio como para grado superior, darán comienzo el 18 de noviembre de 2011 y terminarán el 31 de mayo de 2012.

7. Los cursos se desarrollarán en horario vespertino o nocturno. Dicho horario será publicado por el centro educativo en los tres primeros días del periodo de solicitudes de admisión.

8. En modalidad presencial, el número máximo de alumnos por grupo será de treinta, siendo el mínimo de quince. En la modalidad de teleformación, se establece un número máximo de alumnos por grupo de 60 y un número mínimo de 25.

9. Sin perjuicio de lo anterior y previa solicitud de los centros, la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos podrá autorizar el funcionamiento de grupos con un número diferente de alumnado atendiendo a las características y necesidades concretas que se justifiquen en cada caso.

10. En la oferta presencial de estos cursos será necesario acreditar la asistencia a un mínimo del 80% de las horas lectivas del mismo para obtener el correspondiente certificado académico acreditativo, perdiendo, en caso contrario, el derecho a ser evaluado a todos los efectos. Para la oferta a distancia a través del Proyecto @vanza, el alumnado deberá haber entregado el 50% del total de tareas propuestas en los materiales curriculares interactivos. Superado el 15% de faltas justificadas e injustificadas, la pérdida del derecho a ser evaluado y obtener el certificado académico será comunicada al alumno por escrito del director del centro, a solicitud del profesor de la materia.

11. Si durante el primer mes del curso se produce una ausencia superior al 50% de horas lectivas en alguna o todas las materias, el alumno será dado de baja de oficio del curso y su plaza será adjudicada, en su caso, a la siguiente persona de la lista de reserva.

Artículo 8. Profesorado.

1. Los cursos de preparación de pruebas para el acceso a ciclos formativos de grado medio serán impartidos por profesorado perteneciente a los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, profesores de enseñanza secundaria o maestros.

2. Los cursos de preparación de las pruebas para el acceso a ciclos formativos de grado superior serán impartidos por profesorado perteneciente a los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria o profesores de enseñanza secundaria.

3. Cada materia será impartida preferentemente por un único docente.

Artículo 9. Programación de las materias.

1. Cada profesor elaborará una programación didáctica de cada una de las materias del curso que le corresponda. Dicha programación incluirá, al menos:

a) Objetivos.

b) Contenidos.

c) Actividades y metodología de enseñanza.

d) Criterios y procedimientos de evaluación y calificación.

2. Las programaciones didácticas se adaptarán a las características del alumnado, a la asignación horaria de las materias y a las peculiaridades de las pruebas de acceso a los ciclos formativos.

3. Las programaciones didácticas de las materias que componen cada curso, que serán supervisadas por la inspección educativa, conformarán la programación general del curso que, a su vez, se incorporará como parte del proyecto educativo del centro.

Artículo 10. Evaluación y calificación.

1. La evaluación será continua y diferenciada según las distintas materias del programa.

2. A lo largo del curso tendrán lugar dos sesiones de evaluación. A dichas sesiones, que serán convocadas por la jefatura de estudios del centro y de las que se realizarán las correspondientes actas siguiendo los Anexos III y IV, asistirá todo el profesorado del curso.

3. La calificación de cada materia será numérica, de 0 a 10, con un decimal.

4. Antes de finalizar el curso, y en todo caso antes de la realización de la prueba de acceso, se organizarán pruebas extraordinarias para el alumnado que no haya superado la totalidad de las materias que componen el curso.

5. La calificación final del curso se calculará siempre que se obtenga al menos una puntuación de cuatro en cada una de las materias que lo componen y será la media aritmética de dichas materias, comprendida entre 0 y 10, y expresada con una precisión de dos cifras decimales.

6. Se entenderá que se ha superado el curso de preparación de pruebas de acceso cuando la nota final del mismo sea igual o superior a 5 puntos.

7. Los Anexos V y VI contienen los modelos de acta de la sesión de evaluación final.

Artículo 11. Certificación.

Quienes hayan superado el curso de preparación de la prueba de acceso podrán solicitar una certificación oficial, conforme al modelo establecido en el Anexo VII de esta orden en caso de grado medio, y Anexo VIII en caso de grado superior.

Artículo 12. Anulación de matrícula y repetición del curso.

1. El curso de preparación para la prueba de acceso no se podrá repetir, excepto cuando existan plazas vacantes y, en este caso, sólo para quienes no lo hubieran superado y por una sola vez.

2. No se considerará que repiten curso quienes, por causas justificadas, anulen la matrícula.

3. Las causas y los procedimientos para la anulación de matrícula serán los mismos que para los ciclos formativos.

Artículo 13. Régimen académico.

El alumnado matriculado en los cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos convocados en esta orden tendrá los derechos y obligaciones que le sea de aplicación establecidos por la normativa vigente para el alumnado que cursa enseñanzas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 14. Proceso de admisión y matriculación para el curso 2011/2012.

1. Las solicitudes de admisión, conforme al Anexo IX y junto a la documentación adicional que corresponda, se presentarán en el centro al que se desea acceder entre el 31 de octubre y el 7 de noviembre de 2011.

2. Con fecha 8 de noviembre de 2011, cada centro publicará, siguiendo los Anexos XII y XIII, la lista provisional de admitidos al proceso, con indicación de si obtienen o no plaza escolar. El mismo día publicarán la lista provisional de excluidos, con indicación del motivo de exclusión siguiendo el Anexo XIV.

3. Los solicitantes podrán presentar reclamación a las anteriores listas durante los días 9, 10 y 11 de noviembre de 2011.

4. Con fecha 14 de noviembre de 2011, cada centro publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos del proceso (Anexos XII, XIII y XIV), así como la lista de personas que obtienen plaza escolar (Anexo XV), que deberán formalizar su matrícula los días 15, 16 y 17 de noviembre de 2011, siguiendo el modelo incluido en el Anexo XVII de la presente orden.

5. El mismo día 14 de noviembre de 2011, cada centro publicará una lista ordenada de reserva, según el Anexo XVI, conformada en primer lugar por quienes, cumpliendo los requisitos de acceso y habiendo realizado la solicitud en plazo, no hubieran obtenido plaza, y en segundo lugar, por quienes, cumpliendo los requisitos, hubieran realizado la solicitud fuera de plazo ordenados según la fecha de entrada de la solicitud en el centro.

6. Finalizada la matriculación, si quedaran plazas vacantes o se produjeran bajas en el alumnado matriculado, el centro llamará sucesivamente a quienes integran la lista de reserva hasta cubrir la totalidad de las plazas escolares. Este llamamiento podrá realizarse hasta el día 1 de diciembre de 2011.

7. La documentación que debe presentarse junto con la solicitud:

a) La comprobación o constancia de los datos de identidad se realizará de oficio por el órgano instructor, previo consentimiento del interesado manifestado en la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 184/2008, de 12 de septiembre Vínculo a legislación. En el caso de no presentarse el mismo, el interesado quedará obligado a aportar fotocopia del documento o tarjeta de identidad o pasaporte.

b) Declaración responsable de no estar en posesión de ninguna titulación académica que permita el acceso directo a ciclos formativos de grado medio o de grado superior (Anexo X o XI), ni haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos, tanto de grado medio como de grado superior en convocatorias anteriores.

c) Para quienes hayan superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial, fotocopia compulsada del libro de calificaciones o certificación académica de los módulos obligatorios cursados con indicación de la calificación obtenida en cada uno de ellos.

d) Para quienes estén en posesión del título de Técnico, fotocopia compulsada de título de Técnico y del libro de calificaciones o certificación académica de los módulos cursados con indicación de la calificación obtenida en cada uno de ellos.

e) Para quienes estén matriculados en el segundo curso de un ciclo formativo de grado medio, certificación de dicha matrícula y certificación académica de las calificaciones de los módulos del primer curso de dicho ciclo.

Artículo 15. Seguimiento.

Los servicios correspondientes de las Delegaciones Provinciales realizarán el seguimiento y evaluación de los cursos convocados en virtud de la presente orden.

Disposición final primera. Autorización.

Se faculta al titular de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para la ejecución de la presente orden.

Disposición final segunda. Recursos.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 102 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Vínculo a legislación, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, a 11 de octubre de 2011.

La Consejera de Educación y Cultura, TRINIDAD NOGALES BASARRATE A N E X O I CONTENIDOS DE REFERENCIA PARA LAS MATERIAS DE LOS CURSOS DE PREPARACIÓN DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO A. Ámbito de la comunicación:

1. España plurilingüe. La literatura medieval.

2. El dialecto extremeño. Mester de juglaría, Mester de clerecía.

3. Los registros de la lengua. La prosa medieval.

4. Lengua culta, lengua coloquial. La Celestina.

5. La oración. El Renacimiento.

6. El sujeto. Prosa renacentista: Miguel de Cervantes.

7. El predicado. El Barroco: El teatro nacional.

8. Clases de oraciones según su estructura. Los poetas barrocos.

9. El siglo XVIII literario.

10. El Romanticismo.

11. La oración compuesta. El Realismo literario.

12. Oraciones yuxtapuestas. El Modernismo.

13. Oraciones coordinadas. La generación del 98.

14. Oraciones subordinadas sustantivas. El grupo poético del 27.

15. Oraciones subordinadas adjetivas. La novela del siglo XX.

16. Oraciones subordinadas adverbiales. Poesía y teatro posteriores a 1936.

B. Ámbito científico-tecnológico:

1. Física y Química, Biología, Geología y Ciencias Naturales.

- La dinámica del planeta tierra.

- Los procesos geológicos.

- La célula: Estructura interna y metabolismo.

- El ser humano y sus funciones vitales. La nutrición.

- La relación de las personas con su medio.

- La reproducción: Sexualidad humana.

- El ecosistema y su dinámica.

- El ser humano y la biosfera.

- Magnitudes básicas.

- Estudio del movimiento.

- Dinámica.

- Los cambios en la naturaleza: Concepto de energía.

- Electricidad. Corriente eléctrica.

2. Matemáticas.

- Las ecuaciones.

- Sistemas de ecuaciones de primer grado.

- Funciones más usuales.

- Estadística.

- Medidas estadísticas.

- Probabilidad.

C. Ámbito social:

1. Antecedentes históricos de las sociedades actuales.

2. Organización política: De lo local a la comunidad mundial.

3. Mundialización.

4. Desajustes sociales en el sistema-mundo.

5. Hacia una democracia cosmopolita.

A N E X O I I CONTENIDOS DE REFERENCIA PARA LAS MATERIAS DE LOS CURSOS DE PREPARACIÓN DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR A. LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA.

1. COMUNICACIÓN:

- Elementos de la comunicación.

- La comunicación oral y escrita.

- Niveles del Lenguaje.

2. TIPOLOGÍA TEXTUAL I. VARIEDADES DEL DISCURSO.

- Narración y descripción.

- Diálogo.

- Exposición y argumentación.

3. TIPOLOGÍA TEXTUAL II. ÁMBITO TEMÁTICO.

- Texto científico-técnico y periodístico.

- Texto humanístico y administrativo.

- Texto literario.

4. COMPRENSIÓN Y PRODUCCIÓN DE TEXTOS.

- Lectura, resumen y comprensión de textos.

- El texto y sus propiedades: adecuación, coherencia y cohesión.

- Ortografía y buen uso del idioma.

5. GRAMÁTICA.

- Morfosintaxis de la oración simple. Coordinadas y yuxtapuestas.

- Subordinadas sustantivas y adjetivas.

- Subordinadas circunstanciales.

B. FUNDAMENTOS DE MATEMÁTICAS.

1. ARITMÉTICA Y ÁLGEBRA I.

- Los números.

- Estimaciones y proporcionalidad.

- Polinomios y ecuaciones de 1.er y 2.º grado.

2. ÁLGEBRA II.

- Otros tipos de ecuaciones.

- Sistemas de ecuaciones.

- Resolución de problemas mediante, ecuaciones y sistemas de ecuaciones.

3. GEOMETRÍA.

- Trigonometría.

- Resolución de triángulos.

- La recta en el plano. Lugares geométricos.

4. FUNCIONES Y GRÁFICAS.

- Funciones.

- Funciones polinómicas.

- Otro tipo de funciones.

5. ESTADÍSTICA Y PROBABILIDAD.

- Estadística.

- Parámetros estadísticos.

- Probabilidad.

(Anexos Omitidos)

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