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El Supremo rechaza el recurso interpuesto contra IU contra el acuerdo de la Junta Electoral Central

23/05/2011
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Los Magistrados de la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo han acordado, por unanimidad, no admitir el recuso de Izquierda Unida que solicitaba la suspensión cautelar de la decisión de la Junta Electoral Central que declaraba "contrarias a la legislación" las concentraciones del movimiento 15-M previstas para este fin de semana.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por Izquierda Unida contra el acuerdo de la Junta Electoral Central porque "no defiende un derecho propio sino ajeno".

En su resolución recuerda que la decisión de la Junta Electoral Central tiene carácter vinculante para las Juntas Electorales de inferior rango, marca un criterio de aplicación y no es "lesivo" para los derechos fundamentales de reunión y de libertad de expresión.

Además, destaca que la decisión de este organismo no contenía en sí mismo "un pronunciamiento prohibitivo" respecto a las concentraciones del movimiento 15-M sino que se limitaba a "formular un criterio de aplicación o interpretación" de determinados preceptos de la ley electoral.

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