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  • EDICIÓN DE 20/04/2011
 
 

Modificación de la regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón

20/04/2011
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Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia, por la que se modifican los anexos 1 a 13 del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón (BOA de 19 de abril de 2011). Texto completo.

ORDEN DE 8 DE ABRIL DE 2011, DEL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS ANEXOS 1 A 13 DEL DECRETO 63/2003, DE 8 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LAS ELECCIONES A CORTES DE ARAGÓN

Por medio del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, se efectúa la regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón Vínculo a legislación.

La Disposición Final Primera de dicho Decreto, en su apartado 1, habilita al Consejero competente en materia de procesos electorales para modificar el contenido de los anexos del presente Decreto, sin perjuicio de la aprobación por las Juntas Electorales Provinciales del modelo oficial de las papeletas de votación correspondientes a su circunscripción.

Los anexos 1 a 13 del Decreto 63/2003, de 8 de abril Vínculo a legislación, se refieren específicamente a las elecciones a Cortes de Aragón de 2007 por lo que procede en este momento su modificación con objeto de que puedan ser utilizados en cualquier proceso de elecciones a las Cortes de Aragón. Con ello se pretende conseguir la permanencia de los impresos y sobres a utilizar con independencia de la fecha de celebración del proceso electoral, con el consiguiente ahorro de costes que se deriva de esta medida.

En virtud de lo anteriormente expuesto; resuelvo:

Artículo único.-Modificación de los anexos 1 a 13 del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón Vínculo a legislación, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón.

Los anexos 1 a 13 del Decreto 63/2003, de 8 de abril Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón, quedan sustituidos por los anexos 1 a 13, respectivamente, de la presente Orden.

Disposición Final Única.-Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

(ANEXOS OMITIDOS)

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