Estima así parcialmente el recurso interpuesto por uno de los funcionarios afectados por este incidente contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia, que no declaraba la responsabilidad civil subsidiaria del Estado.
Asimismo, el Supremo ha ratificado las penas de siete años y dos meses, y de 10 años y ocho meses para los dos internos que retuvieron al funcionario.
El Alto Tribunal, se remite a la jurisprudencia para recordar que existe la responsabilidad del Estado por delitos y faltas cometidos en los establecimientos penitenciarios cuando haya habido omisión o ejecución de las medidas precisas sin la debida diligencia, "para evitar que los internos posean, confeccionen o porten armas blancas por el riesgo que puede suponer para la vida e integridad de las personas encomendadas a su custodia". En este caso, que afecta a funcionarios de prisiones, "su protección no puede ser menor, dada la notoria situación de riesgo que conlleva el desempleo de su función", contempla.