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Actividades de microbiología del Complejo Hospitalario de Navarra

31/03/2011
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Orden Foral 23/2011, de 22 de febrero, de la Consejera de Salud, por la que se unifican las actividades de microbiología del Complejo Hospitalario de Navarra (BON de 30 de marzo de 2011). Texto completo.

ORDEN FORAL 23/2011, DE 22 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE UNIFICAN LAS ACTIVIDADES DE MICROBIOLOGÍA DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRA.

Por Decreto Foral 19/2010 Vínculo a legislación, de 12 de abril, se crea el Complejo Hospitalario de Navarra, lo que supone el punto de partida de un importante cambio en la organización de la Asistencia Especializada dentro del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. El Complejo Hospitalario nace con vocación de prestar una atención de calidad centrada en el paciente, pero buscando de manera simultánea un desarrollo profesional y una mayor capacitación e implicación en la gestión de los profesionales. Entre las estrategias para acometer estos grandes cambios tenemos la de establecer estructuras directivas comunes, acometer la fusión de servicios duplicados, la unificación de circuitos, procedimientos y protocolos, o la organización por procesos.

En la convicción de la necesidad de contar con un Servicio de Microbiología líder en nuestra Comunidad, esta Orden Foral tiene como objetivos asegurar el diagnóstico de las enfermedades infecciosas, garantizar la formación especializada, y promover la investigación biomédica.

La realidad actual parte de una Microbiología atomizada que se encuentra subdividida en pequeñas unidades, sin alcanzar la masa crítica para el despegue en la implantación de las nuevas tecnologías.

La unificación de las actividades de Microbiología permitirá la incorporación de nuevas tecnologías, la especialización y adaptación de los recursos humanos, y la optimización de los Recursos Económicos.

La nueva situación del Complejo Hospitalario de Navarra tras la fusión, tanto desde el punto de vista de gestión como técnico, exige aunar esfuerzos y constituir el Servicio de Microbiología Clínica con carácter único y con carácter de unidad de referencia para la Comunidad Foral de Navarra.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 41 Vínculo a legislación de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1. Objeto de la Orden Foral.

Esta Orden Foral tiene por objeto unificar las actividades de microbiología del Complejo Hospitalario de Navarra.

Artículo 2. Jefe del Servicio de Microbiología Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra.

El Jefe del Servicio de Microbiología del Complejo Hospitalario de Navarra pasa a denominarse Jefe del Servicio de Microbiología Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra, y asume, bajo la dependencia del Director Médico, a través de la Subdirección de los Servicios Médicos Centrales del Complejo Hospitalario de Navarra, la dirección y gestión del personal médico y del equipamiento actualmente adscritos a los Servicios y Secciones de Microbiología del Complejo Hospitalario de Navarra.

Articulo 3. Misión, visión y valores de la unificación de las actividades de microbiología clínica del Complejo Hospitalario de Navarra.

1. La misión del Servicio de Microbiología Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra es ofrecer un diagnóstico etiológico de las enfermedades infecciosas con el fin de proporcionar una información fiable y adecuada en el tiempo para colaborar en el diagnóstico del paciente y en el control de las infecciones nosocomiales, la formación de especialistas en Microbiología y Parasitología y el desarrollo de líneas de investigación en las enfermedades infecciosas más prevalentes en su área de influencia.

2. La visión del Servicio de Microbiología Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra es ser un servicio de calidad, en permanente mejora de los procesos asistenciales, crecimiento profesional y técnico, adecuándose a los recursos disponibles, coordinándose con las Áreas de Tudela y Estella y siendo el Servicio de referencia de la Región Sanitaria.

3. Los valores del Servicio de Microbiología Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra están orientados al paciente y al trabajo en equipo, así como a la innovación tecnológica.

Articulo 4. Funciones del Servicio de Microbiología Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra.

1. Desde la perspectiva asistencial, el Servicio de Microbiología Clínica desarrollara las siguientes funciones:

a) Realizar las determinaciones analíticas generales de las áreas de bacteriología general, serología, parasitología, hongos, virus y microbiología molecular orientadas tanto al área hospitalaria como extrahospitalaria.

b) Realizar las determinaciones analíticas que se deben realizar con carácter urgente para atender situaciones clínicas concretas en las que el resultado microbiológico tiene una trascendencia inmediata en el manejo del paciente y la atención continuada con el fin de procesar nuevas muestras y hacer un seguimiento continuo de las muestras de los pacientes hospitalizados.

c) Potenciar, en el área del laboratorio diagnóstico, la adquisición centralizada de equipamiento, materiales y reactivos.

d) Responsabilizar de la ejecución de los programas y estudios de vigilancia y control de las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria, emanados de la Comisión de Infecciones y Política de Antimocrobianos.

e) Colaborar en estudios de vigilancia y análisis microbiológico de brotes, los cultivos de vigilancia activa para prevenir y controlar las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria: vigilancia y control de portadores de determinados microorganismos; específicamente, la prevención y control de la infección nosocomial.

f) Programar los controles microbiológicos de los quirófanos y unidades de alto riesgo.

g) Realizar interconsultas para recogida de muestras, interpretación de pruebas analíticas y orientación diagnóstica.

h) Formular recomendaciones terapéuticas e interpretación de resultados de sensibilidad.

i) Realizar la declaración microbiológica de las Enfermedades de Declaración Obligatoria a Salud Pública (DMS).

2. Desde la perspectiva docente, el Servicio de Microbiología Clínica desarrollara las siguientes funciones:

a) Formación pregrado, tanto de estudiantes de Medicina, Farmacia y Biología, como de técnicos de laboratorio en técnicas de diagnóstico microbiológico.

b) Formación postgrado, incluyendo:

-Formación de especialistas en Microbiología y Parasitología, en virtud de su acreditación para la formación de especialistas por el sistema MIR/FIR.

-Formación microbiológica de especialistas en Análisis Clínicos.

-Colaboración con Universidades de nuestro entorno con el fin de realizar tesis doctorales.

-Formación continuada del personal del Servicio, mediante la realización de sesiones científicas, jornadas y cursos.

-Colaboración y participación activa en cursos de formación y talleres organizados por Sociedades Científicas.

3. Desde la perspectiva investigadora, el Servicio de Microbiología Clínica desarrollara las siguientes funciones:

a) Colaboración en la estrategia de investigación con el Departamento de Salud, potenciando la colaboración con otros Servicios del Complejo Hospitalario en proyectos de investigación, y atendiendo a las iniciativas de otros Servicios con colaboración en redacción de proyectos y participación en su desarrollo.

b) Potenciar la participación en estudios multicéntricos promovidos por las sociedades científicas y sus grupos de estudio específicos. Los campos de interés, entre otros, incluyen:

-Descripción de los microorganismos más prevalentes en el Complejo Hospitalario de Navarra y resistencia a los antimicrobianos.

-Infecciones nosocomiales (infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria).

-Estudio de bacteriemias en el Complejo Hospitalario de Navarra.

-Evaluación de nuevos sistemas de diagnóstico, de identificación y de sensibilidad antimicrobiana.

-Actividad de nuevos antimicrobianos.

-Caracterización de mecanismos de resistencia a los antimicrobianos.

-Infecciones en inmunodeprimidos.

-Virus de la gripe y otros virus respiratorios.

-Tuberculosis.

-ITS: Infecciones de transmisión sexual.

Esta participación debe reflejarse en la presentación de comunicaciones en congresos nacionales e internacionales y en publicaciones en revistas nacionales e internacionales.

Articulo 5. Ubicación de las instalaciones del Servicio de Microbiología Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra.

Las instalaciones del Servicio de Microbiología Clínica están ubicadas en la tercera planta del pabellón L del edificio A del Complejo Hospitalario de Navarra, donde pasará a prestar servicios todo el personal del Servicio, Secciones y Unidades afectadas por esta unificación.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición Adicional Primera.-Cambio de denominación.

El cambio de denominación del Jefe del Servicio de Microbiología como Jefe del Servicio de Microbiología Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra no conlleva ninguna modificación en las condiciones que tuviera en la denominación de origen.

Disposición Adicional Segunda.-Igualdad de género.

En los casos en que esta Orden Foral utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a distintos cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por mera economía en la expresión y que se refiere de forma genérica a dichas posiciones, incluyendo tanto el caso en que lo ocupen hombres como en que lo ocupen mujeres, con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición Final Única.-Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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