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Constitución y tolerancia; por Álvaro Redondo Hermida, Fiscal del Tribunal Supremo

30/03/2011
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El día 29 de marzo de 2011, se ha publicado en el diario La Razón, un artículo de Álvaro Redondo Hermida, en el cual el autor opina sobre la virtud ciudadana de la tolerancia. Trascribimos íntegramente dicho artículo.

CONSTITUCIÓN Y TOLERANCIA

El debate social originado por relevantes episodios de intolerancia religiosa en ámbitos universitarios, así como agresiones por motivos políticos a personas de relevancia institucional, nos inducen a realizar una reflexión en torno a una de las más importantes virtudes cívicas, absolutamente necesaria para el desarrollo de la democracia: la virtud ciudadana de la tolerancia.

Tolerancia es lo que reclama la Constitución en su Preámbulo para garantizar la convivencia democrática de todos los españoles, para permitir la existencia libre de personas que pertenecen a diferentes tradiciones y culturas. Tolerancia para que los valores que representan la justicia y la igualdad puedan seguir siendo el fundamento de España, junto con la libertad y el pluralismo político.

Tolerancia para que jamás ningún obstáculo dificulte la plena participación de todos los españoles en la vida cultural y social, una vida que debe abarcar todas las tendencias y criterios. Tolerancia para que el libre desarrollo de la personalidad de todos y cada uno de los españoles pueda constituir para siempre el fundamento firme de la paz social, porque no podemos permitir que nuestra paz sea construida por los intolerantes, por quienes creen que la paz consiste en que todos tengan que aceptar las propias ideas.

Tolerancia para que los extranjeros que viven entre nosotros no tengan que hacer frente ni al racismo ni a la xenofobia, y puedan disfrutar de las libertades públicas, que deben ser especialmente garantizadas por los Tratados y por la Ley. Tolerancia para que nunca más pueda haber la más mínima discriminación entre los españoles por razones de religión o de opinión.

Tolerancia especialmente para con la vida y la seguridad de todas las personas, a quienes no se puede imponer nunca ni la pena de muerte ni la cadena perpetua, cualquiera que sea el nombre que quiera dársele, y tolerancia también y especialmente para con la vida de los más indefensos, incluso la vida de los que todavía no han nacido, o de los que por edad o minusvalía no tienen la capacidad de valerse por sí mismos.

Tolerancia para que todos puedan disfrutar de una amplia y fecunda libertad religiosa, esa libertad esencial que permite al espíritu humano alcanzar la mayor altura; una libertad que no puede verse limitada en modo alguno sino para garantizar el orden público; una libertad que tiene que asegurar que el hecho religioso no quede reducido al ámbito privado, sino que esté presente en la vida pública y en las instituciones. Tolerancia también para que las religiones de los españoles sean protegidas mediante leales relaciones de cooperación entre el Estado y las iglesias.

Tolerancia para que todas las personas puedan expresar sus ideas públicamente y sin miedo, incluso aquellas ideas que no coinciden con la opinión mayoritaria, incluso aquellas que no son análogas a las creencias que se imponen en la sociedad en cada momento, aquellas ideas que convierten en una minoría a quienes las comparten o defienden. Tolerancia para que nadie sea acosado, ni insultado, ni golpeado, por discrepar públicamente del criterio de los otros, ni aislado ni marcado por no ser como ellos. Tolerancia que debe existir especialmente en el ámbito universitario, porque en ese templo del espíritu libre que es la Universidad, la capacidad de pensar y dialogar tiene la mayor importancia. En la Universidad, lugar de encuentro y de debate, debe dominar una actitud científica, un espíritu abierto al intercambio de las ideas, un espíritu dispuesto a un diálogo respetuoso, cordial e inteligente sobre el tema que más importe.

Tolerancia que tiene que ser protegida especialmente por los jueces, que deben tutelar a los ciudadanos de un modo efectivo, garantizando todas sus libertades, amparando todos sus derechos, impidiendo que los ciudadanos queden indefensos ante una acusación o queden sin protección frente a cualquier lesión de su dignidad. Tolerancia, en definitiva, como afirma la Sentencia del Tribunal Supremo de 23-4-98, para que nadie pueda aprovecharse del poder o de las leyes para imponer a los demás sus propias ideas, queriendo así convertir dichas ideas en una regla moral para todos.

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