El reglamento establecía que solo se podía suspender a un parlamentario cuando sobre él pesara un auto firme de procesamiento. También podía quedar "suspendido en sus derechos, prerrogativas y deberes" cuando existiera una sentencia firme condenatoria contra él.
Cuando esta modificación entre en vigor será más sencillo suspender a un diputado involucrado en casos de corrupción, de forma que podrá ser apartado de sus funciones cuando se abra juicio oral contra él.
Otra de las modificaciones es la rebaja de cuatro a tres del número de parlamentarios necesarios para formar un grupo propio.