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  • EDICIÓN DE 16/03/2011
 
 

El Pleno de Congreso da el primer paso para reformar la ley de prohibición total de minas antipersonal y armas de efecto similar

16/03/2011
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El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este martes, 15 de marzo, por 335 votos a favor y una abstención, la toma en consideración de una Proposición de Ley de modificación de la Ley 33/1998, de 5 de octubre, de prohibición total de minas antipersonal y armas de efecto similar, que inicia así su tramitación parlamentaria.

La iniciativa, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), recuerda que la Comisión de Defensa del Congreso ya aprobó el 18 de noviembre de 2009 una Proposición no de Ley por la cual se instaba al Gobierno, entre otras cosas, a una ágil aplicación en España de la Convención sobre Municiones en Racimo, firmada por el Gobierno el 30 de mayo de 2009, en Dublín, así como a una intensa acción internacional para lograr la vinculación al acuerdo de los Estados que aún no se han adherido a ésta.

Por ello, para conseguir una aplicación adecuada de la Convención sobre municiones en racimo, el texto considerar necesario reformar la Ley 33/1998, de 5 de octubre, de prohibición total de minas antipersonal y armas de efecto similar, para unificar el tratamiento recibido por las minas antipersonal y las municiones en racimo, prohibidas por las Convenciones de Ottawa y Oslo, respectivamente.

Además, en atención a los mandatos recogidos en el artículo 9 de ambas Convenciones, la iniciativa estima conveniente un cambio en la Ley 33/1998 con objeto de introducir en ella sanciones para aquellas personas o entidades que realicen cualquier actividad prohibida en relación a las minas antipersonales o las municiones en racimo.

Según esta proposición de ley, queda prohibido el empleo, desarrollo, producción, adquisición de un modo u otro, almacenamiento, conservación, transferencia o exportación de las minas antipersonal, municiones en racimo y armas de efecto similar. Tampoco se permitirá la financiación, ya sea de forma directa o indirecta, de proyectos o empresas en relación con este tipo de armas.

El articulado del texto contempla que el Estado español, su personal militar o sus nacionales podrán cooperar militarmente y participar en operaciones con otros Estados que pudieran desarrollar actividades que estén prohibidas en esta Ley.

No obstante, esta norma no autoriza a España a desarrollar, producir, usar o adquirir de un modo u otro minas antipersonal o municiones en racimo; ni su almacenamiento o transferencia.

De hecho, esta proposición de ley contempla que el Estado se comprometerá a destruir o a garantizar la destrucción de todas las minas antipersonal y municiones en racimo almacenadas en un plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor de esta ley.

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