Confirma la sentencia del juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Santiago de Compostela, recurrida por la administración y una aseguradora, al considerar que la lesión cerebral del niño, con "grave afectación psicomotora y sin expectativas de recuperación", se "pudo haber evitado".
La sentencia del Juzgado recoge que la falta de monitorización biológica, el uso inadecuado del instrumental y la decisión de no practicarle la cesárea a la madre provocaron la asfixia perinatal del feto, con la consecuencia de una parálisis cerebral.
La sentencia del TSJG indica que la lesión "afecta de un modo muy grave al desarrollo intelectivo y motor del niño", y que "sus expectativas de vida van a estar en todo momento relacionadas con los cuidados médicos e higiénico-dietéticos".
El niño deberá ser indemnizado con 848.422 euros y cada uno de sus progenitores, con 66.047 euros por los daños morales ocasionados, según ha dictado el TSJG, que sin embargo ha desestimado una tercera indemnización por 88.000 euros para la adecuación de la vivienda familiar.