El Tribunal Supremo, en un Auto dictado el 20 de enero, resuelve la cuestión de competencia sobre este caso que el Juzgado de Instrucción número 35 planteó al considerarlo competencia de la Audiencia, donde el juez Velasco lo rechazó en diciembre de 2009.
El Supremo concluye que la Audiencia Nacional es la competente para investigar los delitos fiscales en concepto de fraude, según establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Considera que la cantidad defraudada por Díaz Ferrán y Pascual "puede tener una grave repercusión sobre la economía nacional, en la seguridad del tráfico mercantil" y que, además, "afecta a una generalidad de personas en el territorio de más de una audiencia", lo que es "suficiente competencia".