Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 31/01/2011
 
 

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco avala la bajada del sueldo a los funcionarios

31/01/2011
Compartir: 

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado una Sentencia por la que considera “razonable” y ajustado a la Constitución el decreto-ley de mayo de 2010 por el que el Gobierno bajó un 5% el salario de los funcionarios y en el que se apoyó la Administración vasca para adoptar una medida similar.

La Sentencia, fechada el 18 de enero, resuelve un recurso presentado por los cuatro sindicatos representados en EiTB, entendían que no se les debía aplicar la reducción de salario impulsada por el Ejecutivo de Madrid y respaldada por el Parlamento vasco por considerarla inconstitucional y entender que contravenía el convenio firmado por trabajadores y dirección de la radio televisión autonómica.

Uno de los tres magistrados de la Sala ha emitido un voto particular discrepante.

Avalan la decisión que adoptó Zapatero por “la dureza y profundidad de la crisis económica” y por las medidas que el Ejecutivo socialista adoptó para “reducir el déficit público y asegurar la sostenibilidad fiscal a medio plazo”. “Aunque se comparta o discrepe de la medida, lo cierto es que se apuntan a unas coyunturas que determinan una tramitación urgente”, advierte el tribunal, que insiste en que “se conecta la medida con la necesidad”.

La sentencia cita doctrina del Tribunal Constitucional y del Supremo para hacer prevalecer los ajustes en los Presupuestos del Estado sobre los convenios colectivos. “El convenio -dice la resolución- debe respetar la ley y someterse a ella”. Asimismo, explican que “el ordenamiento jurídico no puede solidificarse, pudiendo la norma superior modificar el convenio colectivo, sin que ello suponga vulnerar el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores”.

José Luis Asenjo, emite un voto discrepante en el que asegura que la decisión del Gobierno fue inconstitucional y que el Gobierno hizo un “uso abusivo” del real decreto por el que fijó la bajada de sueldos de los funcionarios. El Ejecutivo, en su opinión, debió seguir los trámites parlamentarios para aprobar una ley que fuera refrendada por el Congreso, “como hizo con la reforma del mercado de trabajo”.

“Las invocaciones a la crisis internacional -dice este magistrado- no pueden convertirse en un fondo de saco que habilite cualquier tipo de actuación”. Citando una sentencia anterior de la Audiencia Nacional, Asenjo sostiene que no es “constitucionalmente posible que se pueda suspender, modificar o suprimir un convenio durante su vigencia mediante un decreto ley”.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  5. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana