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  • EDICIÓN DE 14/01/2011
 
 

Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento

14/01/2011
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Decreto 99/2011, de 11 de enero, de creación del Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento (DOGC de 13 de enero de 2011). Texto completo.

El Decreto 99/2011 crea el Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento, configurado como órgano colegiado asesor del presidente o presidenta de la Generalidad y del Gobierno.

El Consejo asesorará o informará sobre las cuestiones que le sean planteadas por el presidente o por las personas titulares de los departamentos de la Generalidad competentes en las políticas orientadas a impulsar el proceso de reactivación económica de Cataluña.

Asimismo propondrá las actuaciones o planteamientos que considere apropiados en función de la evolución económica, tratando de anticipar sus efectos en los sectores público y privado.

DECRETO 99/2011, DE 11 DE ENERO, DE CREACIÓN DEL CONSEJO ASESOR PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y EL CRECIMIENTO.

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña se ha fijado, como una prioridad de primer orden, la definición y concreción de las políticas orientadas a impulsar el proceso de reactivación económica de Cataluña, con el fin de recuperar las tasas de ocupación y mantener los niveles de bienestar social y económico alcanzados por nuestro país.

Por lo tanto, la acción del Gobierno estará marcada por el objetivo de hacer realidad unas perspectivas de crecimiento sólido y sostenible, lo que pasa por aumentar la competitividad de nuestro tejido empresarial; posibilitar la financiación de los proyectos que favorecen el crecimiento, la exportación y las nuevas iniciativas emprendedoras, y profundizar en el proceso de las reformas necesarias que se deberán encauzar y aplicar con decisión.

En este sentido, el Gobierno debe asumir la responsabilidad que le corresponde y actuar con determinación. Pero no puede hacerlo solo; necesita la implicación de todos los ciudadanos y ciudadanas y, en particular, el compromiso de los que articulan la realidad de una sociedad civil que se ha hecho a partir de la iniciativa de sus gentes, de su capacidad emprendedora, de la conformación de un tejido asociativo rico y denso, con talento y capacidad de reflexión.

La responsabilidad del Gobierno y el compromiso que se demanda justifican la creación del Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento, integrado por personalidades del mundo académico, empresarial y profesional, que, desde su compromiso con Cataluña y manteniendo sus responsabilidades en diferentes ámbitos de actuación de la sociedad y la economía de nuestro país, asesore a la Presidencia y al equipo económico del Gobierno.

Por todo ello, a propuesta conjunta de los titulares de los departamentos de la Presidencia, y de Economía y Conocimiento, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Creación

Se crea el Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento, configurado como órgano colegiado asesor del presidente o presidenta de la Generalidad y del Gobierno, en materia de políticas orientadas a impulsar el proceso de reactivación económica de Cataluña, con la composición, funciones y régimen jurídico previsto en este Decreto.

Artículo 2

Funciones

Son funciones del Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento:

a) Asesorar o informar sobre las cuestiones que le sean planteadas por el presidente o por las personas titulares de los departamentos de la Generalidad competentes en las políticas orientadas a impulsar el proceso de reactivación económica de Cataluña.

b) Proponer las actuaciones o planteamientos que considere apropiados en función de la evolución económica, tratando de anticipar sus efectos en los sectores público y privado.

c) Apoyar, a petición del presidente o presidenta de la Generalidad, procesos de negociación que impliquen la participación del Gobierno o del Parlamento con instituciones del Estado u organizaciones internacionales.

d) Llevar a cabo, directamente o con el apoyo de analistas externos, los trabajos apropiados para fundamentar sus propuestas.

Artículo 3

Composición

El Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento está presidido por una persona de reconocido prestigio en el ámbito académico, empresarial o profesional, designada por el Gobierno.

El Consejo Asesor está integrado, además, por un número máximo de 15 miembros, nombrados por el presidente o presidenta de la Generalidad, a propuesta del presidente o presidenta del Consejo.

El presidente o presidenta y miembros del Consejo Asesor no perciben ninguna retribución.

Artículo 4

Adscripción

El Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento se adscribe al Departamento de la Presidencia, que le da apoyo administrativo y logístico.

Artículo 5

Funcionamiento

1. Para el ejercicio de sus funciones, el Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento puede:

Reunirse las veces que considere conveniente, previa convocatoria de su presidente o presidenta y de acuerdo con el orden del día aprobado por éste. El orden del día se remite al presidente o presidenta de la Generalidad y a las personas titulares de los departamentos competentes en las políticas orientadas a impulsar el proceso de reactivación económica de Cataluña, para que puedan asistir a la reunión si lo consideran oportuno.

Invitar a las reuniones a las personas que considere relevantes.

Constituir grupos específicos de trabajo.

Redactar un reglamento de funcionamiento propio.

Comunicar, si procede, a los medios de comunicación, mediante su presidente o presidenta, las líneas de trabajo y las conclusiones de sus informes.

2. En lo no previsto en su normativa de funcionamiento, se aplicará la normativa reguladora de los órganos colegiados de la Administración de la Generalidad.

Disposición final

Este Decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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