Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 15/12/2010
 
 

La Eurocámara aprueba normas más estrictas contra la trata de seres humanos

15/12/2010
Compartir: 

El Parlamento Europeo ha dado luz verde a una directiva que endurecerá las penas para los traficantes de seres humanos y reforzará la protección de las víctimas. La normativa, pactada con el Consejo, se aplicará a la trata en la industria del sexo y la explotación laboral en sectores como la construcción, la agricultura o el servicio doméstico. Los Estados miembros tendrán dos años para transponer la nueva legislación.

Los seres humanos pueden ser víctimas de trata por muchas razones. Las nuevas normas incluyen la explotación sexual, los trabajos forzados, la mendicidad, la extracción de órganos, la adopción ilegal y los matrimonios forzados.

La directiva recoge una definición más amplia de "explotación" que la decisión marco de la UE vigente desde 2002, extendiendo así la protección a más víctimas.

El texto acordado por el Parlamento y el Consejo -y aprobado por 643 votos a favor, frente a 10 en contra y 14 abstenciones- establece normas mínimas para la definición de las infracciones penales y las sanciones a los traficantes. También introduce disposiciones comunes para mejorar la prevención del delito y la protección de las víctimas.

Sanciones más duras e incautación de bienes

La nueva directiva establece una pena máxima en toda la UE de al menos cinco años de prisión. En los casos más graves, como la trata de niños, el crimen organizado, la violencia grave o cuando se haya puesto en peligro la vida de la víctima, las penas serán de diez años como mínimo.

En caso de que haya una organización implicada, las sanciones incluirán multas de carácter penal o de otro tipo, así como la exclusión del disfrute de ayudas públicas, la inhabilitación temporal o permanente para el ejercicio de actividades comerciales, el sometimiento a vigilancia judicial o el cierre de los establecimientos utilizados para cometer la infracción.

Los Estados miembros se asegurarán de que los instrumentos y productos de las infracciones son embargados por las autoridades. Además, se fomentará su uso para apoyar la asistencia y la protección a la víctima, incluida la indemnización.

Protección reforzada para las víctimas

Las víctimas tendrán derecho a la prestación de un alojamiento apropiado y seguro y asistencia material, así como al tratamiento médico necesario, incluida asistencia psicológica, asesoramiento e información y servicios de traducción e interpretación. El asesoramiento jurídico y la representación legal serán gratuitos cuando la víctima no tenga suficientes recursos económicos.

Por otra parte, los países de la UE garantizarán que las víctimas tienen acceso a programas de protección de testigos y regímenes de compensación y que reciben asistencia y apoyo "antes, durante y por un periodo de tiempo adecuado después de la conclusión del proceso penal", independientemente de que la víctima quiera ejercer de testigo.

La nueva norma también estipula que las autoridades de los Estados miembros no enjuiciarán ni impondrán penas a las víctimas de la trata de seres humanos.

Con el objetivo de prevenir y combatir la trata mediante la disuasión de la demanda, "los Estados miembros estudiarán la adopción de medidas para tipificar el uso de estos servicios", cuando el solicitante sabe que la persona es víctima de la trata.

Cientos de miles de personas son víctimas de la trata en la UE cada año. Muchas víctimas son objeto de explotación con fines de prostitución (el 43%, la gran mayoría mujeres y niñas) y para trabajos domésticos (32%).

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  4. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  5. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  6. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  7. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  8. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  9. Tribunal Supremo: La regulación de la reserva de los contratos públicos o de algún lote de los mismos a favor de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social no vulnera los principios de proporcionalidad y de igualdad de trato entre licitadores
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana