Dicha Ley establece un nivel de protección mínimo garantizado cuya financiación corresponde a la Administración General del Estado. La gestión de estas ayudas se realiza por parte de las Comunidades Autónomas, que son las que finalmente determinan las prestaciones efectivamente reconocidas y el importe que debe hacer efectivo la Administración General del Estado en concepto de nivel mínimo de protección garantizado.