Así, obliga a las empresas a pagar la subida que adeudan a unos 35.000 trabajadores. Se trata de un 3,5% de enero a diciembre de 2009 (2% de IPC previsto más un 1,5% de subida acordada entre las partes) respecto a las tablas salariales de 2008, y un aumento adicional de 1,5% a partir de 2010.
El Tribunal desestima los recursos de la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de la Construcción y Obras Públicas (Asopymec) y de la Asociación de Constructores y Promotores de Edificios de Granada.
En sus recursos argumentaban que puesto que el IPC real no fue del 2% (1,4%), y ya que no existía una previsión formal del IPC en los Presupuestos Generales del Estado, se aplicara sólo la subida del 1,5% acordada.
El Tribunal especifica al respecto en la sentencia que el "desfase que la revisión salarial provocada con relación al incremento del IPC no puede considerarse desorbitado y rompedor del equilibrio del convenio".