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Subvenciones para la construcción y mejora de albergues para animales

20/08/2010
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Resolución de 5 de agosto de 2010, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la construcción y mejora de albergues para animales (BOPA de 19 de agosto de 2010). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 5 DE AGOSTO DE 2010, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y PESCA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA LA CONSTRUCCIÓN Y MEJORA DE ALBERGUES PARA ANIMALES

Los animales en general y los de compañía en particular se han convertido en un elemento importante en nuestra sociedad. Desgraciadamente, muchos perros y gatos son abandonados por sus propietarios, sufren necesidades, maltrato o accidentes. El incremento constante del abandono de animales, uno de los actos más rechazables en el ámbito de la protección animal, origina graves problemas de bienestar animal, sanidad, seguridad pública, seguridad vial y medioambiente.

La Ley del Principado de Asturias 13/2002, de 23 de diciembre, de Tenencia, Protección y Derechos de los Animales compromete a los órganos competentes a fomentar el respeto a los animales y el establecimiento de una correcta relación entre personas y animales.

El artículo 17 Vínculo a legislación de esta Ley 13/2002, establece que los ayuntamientos dispondrán de un centro de depósito de animales para recoger y mantener los perros y gatos que se encuentren errantes o abandonados.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Vínculo a legislación, cuyo Reglamento se aprobó por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece en el artículo 22 Vínculo a legislación que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, realizándose mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras. Asimismo, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre Vínculo a legislación, en su nueva redacción dada por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, establece en los artículos 6.2 y 7 que el otorgamiento de subvenciones innominadas y genéricas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se realizará mediante convocatoria pública, previa aprobación de las bases reguladoras de misma.

El Decreto 105/2005, de 19 de octubre, regula la concesión de subvenciones a Entidades Locales en régimen de concurrencia competitiva.

Por todo ello, mediante Resolución de 16 de junio de 2010, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, se acuerda iniciación del procedimiento para la elaboración de las bases reguladoras de subvenciones a entidades locales para la construcción y mejora de albergues para animales.

La competencia para aprobar las bases, corresponde al titular de la Consejería de Medio Rural y Pesca al amparo de lo dispuesto en el art. 38 Vínculo a legislación de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, y en el Decreto del Presidente 34/2008, de 26 de noviembre, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma.

La resolución del procedimiento es competencia del titular de la Consejería de Medio Rural y Pesca en virtud de lo establecido en el art. 41 Vínculo a legislación del texto refundido del régimen económico y presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/98, de 25 de junio.

En consecuencia, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

RESUELVO

Primero.-Aprobar las Bases, que se incorporan como anexo I de la presente Resolución, reguladoras de la subvención a Entidades Locales del Principado de Asturias para la construcción y mejora de albergues para animales.

Segundo.-Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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