Dicha Sentencia es vinculante para las cajas de ahorro, aunque en este caso la subida ya se había efectuado y ahora la patronal únicamente tendrá que regularizarla, según informó ayer el sindicato.
En el caso de los centros de atención telefónica la subida del 22% tendrá que abonarse con carácter retroactivo, mientras que en el sector financiero la situación es distinta porque los sindicatos y la patronal de las cajas de ahorro alcanzaron en su momento un acuerdo de conciliación por un conflicto de similares características y a la espera de la sentencia correspondiente, la CECA aplicó provisionalmente la subida del 2% que ahora deberá regularizar en la nómina de sus empleados. De igual manera, los colectivos que no se beneficiaron por el incremento provisional deberán ser compensados.