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El Tribunal Supremo obliga a los “call center”a subir los sueldos

04/08/2010
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El Tribunal Supremo ha dado la razón a los sindicatos (Comfia-CC.OO.), en su demanda contra los centros de atención al cliente por su negativa a subir un 2% el sueldo de sus empleados desde el 1 de enero de 2009, de acuerdo a la subida del IPC que estimó el Gobierno.

Dicha Sentencia es vinculante para las cajas de ahorro, aunque en este caso la subida ya se había efectuado y ahora la patronal únicamente tendrá que regularizarla, según informó ayer el sindicato.

En el caso de los centros de atención telefónica la subida del 22% tendrá que abonarse con carácter retroactivo, mientras que en el sector financiero la situación es distinta porque los sindicatos y la patronal de las cajas de ahorro alcanzaron en su momento un acuerdo de conciliación por un conflicto de similares características y a la espera de la sentencia correspondiente, la CECA aplicó provisionalmente la subida del 2% que ahora deberá regularizar en la nómina de sus empleados. De igual manera, los colectivos que no se beneficiaron por el incremento provisional deberán ser compensados.

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