El Alto Tribunal admitió a trámite el día 30 de junio los recursos de inconstitucionalidad presentados por el Partido Popular y por el Gobierno de Navarra contra la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, que entró en vigor el día 5 de julio.
Acordó dar un plazo de tres días al Congreso, Senado y al Gobierno para que alegaran acerca de la suspensión cautelar de la norma.
La Abogacía del Estado, solicitó al Constitucional que rechazara la petición del Partido Popular porque no hay previsión legal alguna que permita la suspensión de una norma con rango de ley aprobada por las Cortes Generales, recordando en su escrito que los poderes de suspensión que tiene el TC "están tasados" y que no pueden extenderse a los actos o normas emanados del Parlamento, que gozan de "presunción de legitimidad".