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Reestructuración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad

13/11/2009
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Orden IRP/483/2009, de 6 de octubre, de reestructuración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad (DOGC de 12 de noviembre de 2009). Texto completo.

ORDEN IRP/483/2009, DE 6 DE OCTUBRE, DE REESTRUCTURACIÓN DE LA ENTIDAD AUTÓNOMA DE JUEGOS Y APUESTAS DE LA GENERALIDAD.

El artículo 2 Vínculo a legislación de la Ley 5/1986, de 17 de abril, de creación de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, en la redacción dada por la Ley 11/2005, de 7 de julio, establece que la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad tiene a su cargo la organización, la gestión directa y la comercialización de los juegos que las disposiciones legales reservan a la gestión de la Generalidad, y también la recaudación por cuenta de la Generalidad de los ingresos públicos derivados de esta actividad y el pago de los premios que se establezcan. Asimismo, la Entidad puede ejercer las actividades y los servicios que se le encomienden relacionados con los juegos y las apuestas.

El artículo 8 del Decreto 296/1996, de 23 de julio, de organización y funcionamiento de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, modificado por el Decreto 213/2000, de 26 de junio, establece que, para el ejercicio de sus funciones, la Entidad debe estructurarse en departamentos, unidades y áreas, estructura organizativa y funcional que será aprobada por la persona titular del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, a propuesta del Consejo de Administración de la Entidad.

Los proyectos y las actuaciones promovidos por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad durante los últimos años hacen necesaria la adecuación de la vigente estructura organizativa de ésta, aprobada mediante la Orden INT/419/2006, de 14 de agosto, con la finalidad de desarrollar con la máxima eficacia y amplitud las competencias de organización, gestión y comercialización de loterías que tiene encomendadas.

Los ejes principales de esta reestructuración son, en síntesis, la integración en un único departamento de las funciones vinculadas al ámbito de aplicación de las tecnologías actuales y el análisis de la viabilidad de implantación de las emergentes, comportando la supresión como tal del Departamento de Desarrollo Tecnológico y la creación de una unidad específica de explotación informática en el Departamento Técnico y de Desarrollo Tecnológico; la creación en el Departamento Administrativo y Financiero de un área de servicios generales, en sustitución de la de gestión presupuestaria, con el objetivo de mejorar la gestión de los centros de servicios de los que dispone la Entidad y la coordinación con sus empresas colaboradoras en el funcionamiento de las loterías y que prestan sus servicios en el Centro de Operaciones de la Entidad, y la reestructuración de las funciones del resto de órganos de la Entidad con el fin de adecuarlas a las necesidades de funcionamiento actuales.

Por todo ello, a propuesta del Consejo de Administración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 8 del Decreto 296/1996, de 23 de julio, de organización y funcionamiento de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad,

Ordeno:

Artículo 1

Estructura de la Entidad

1.1 La estructura básica organizativa de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad la conforman los departamentos siguientes:

a) Departamento de Marketing y Comercial.

b) Departamento Técnico y de Desarrollo Tecnológico.

c) Departamento Administrativo y Financiero.

De cada uno de estos departamentos dependen las unidades y áreas que se especifican en esta Orden.

1.2 La coordinación de los departamentos de la Entidad irá a cargo del/de la coordinador/a general, que se nombrará por el Consejo de Administración a propuesta de la Dirección General, de entre los/las jefes/as de departamento de la estructura organizativa y funcional de la Entidad.

Artículo 2

El/la coordinador/a general

El/la coordinador/a general, en dependencia directa de la Dirección General de la Entidad, además de las funciones del departamento que dirige, prestará asistencia a la Dirección en la coordinación de los órganos que conforman la estructura organizativa y funcional.

Artículo 3

Departamento de Marketing y Comercial

3.1 El ámbito de actuación del Departamento de Marketing y Comercial engloba las actuaciones que tienen relación con el ámbito comercial, de estrategia y planificación de las loterías, así como la difusión publicitaria y la imagen de éstas.

3.2 Las funciones asignadas al/a la jefe/a del Departamento son las siguientes:

a) Participar en la definición y el seguimiento de la estrategia de actuación de la Entidad, aportando el posicionamiento y las valoraciones correspondientes desde la perspectiva del ámbito de marketing y comercial.

b) Proponer el Plan de actuaciones comerciales de la Entidad, planificar su implantación, controlar su ejecución y definir los objetivos operativos de valoración para su seguimiento.

c) Elaborar estrategias de actuación directamente vinculadas a potenciar el desarrollo de las modalidades de juego.

d) Gestionar el presupuesto asignado al Departamento y realizar los informes de funcionamiento de la actividad.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

3.3 El Departamento de Marketing y Comercial se estructura en:

a) La Unidad de Seguimiento Comercial.

b) El Área de Productos.

3.4 A la Unidad de Seguimiento Comercial le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Participar en la preparación de la propuesta del Plan de actuaciones comerciales de la Entidad en relación con la red comercial.

b) Ejecutar las acciones derivadas del Plan de actuaciones comerciales aprobado por la Entidad.

c) Asistir y supervisar la red de comercialización de bingos y salones de juego.

d) Definir y gestionar los programas de fidelización destinados a la red de agentes vendedores.

e) Hacer el seguimiento de las acciones asignadas a su gestión.

f) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

3.5 Al Área de Productos le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Participar en la preparación de la propuesta del Plan de actuaciones comerciales de la Entidad en relación con los juegos o proyectos asignados.

b) Ejecutar las acciones derivadas del Plan de actuaciones comerciales aprobado por la Entidad.

c) Hacer el seguimiento de los juegos o proyectos asignados a su gestión.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

Artículo 4

Departamento Técnico y de Desarrollo Tecnológico

4.1 El ámbito de actuación del Departamento Técnico y de Desarrollo Tecnológico engloba las actuaciones que tienen relación con el ámbito de las infraestructuras, los equipamientos y las instalaciones de soporte para la gestión de las loterías y los sorteos.

4.2 Las funciones asignadas al/a la jefe/a del Departamento son las siguientes:

a) Participar en la definición y el seguimiento de la estrategia de actuación de la Entidad, aportando el posicionamiento y las valoraciones correspondientes desde la perspectiva del ámbito tecnológico.

b) Planificar y supervisar el Plan de actuación tecnológico de la Entidad en relación con las infraestructuras tecnológicas aportadas por parte de los operadores por los sistemas de control de la operativa y funcionamiento de los diversos juegos.

c) Hacer el seguimiento de la evolución de las tecnologías y su viabilidad de implantación a las loterías, planificando y coordinando los proyectos a desarrollar.

d) Planificar y gestionar el desarrollo del sistema informático de soporte a la gestión de los diversos servicios de la Entidad.

e) Gestionar la celebración de los sorteos de los diversos juegos y su verificación.

f) Gestionar el presupuesto asignado al Departamento y realizar los informes de funcionamiento.

g) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

4.3 El Departamento Técnico y de Desarrollo Tecnológico se estructura en:

a) La Unidad de Explotación Informática.

b) La Unidad de Explotación Técnica y de Infraestructuras.

4.4 A la Unidad de Explotación Informática le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Supervisar y controlar el funcionamiento de los sistemas informáticos vinculados a la gestión y la operación de los juegos organizados por la Entidad.

b) Valorar las propuestas de implementación de soluciones tecnológicas en el software de los equipamientos de los puntos de venta y en los servicios centrales.

c) Supervisar y controlar la gestión de los servicios informáticos.

d) Gestionar la realización de los sorteos de los diversos juegos.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

4.5 A la Unidad de Explotación Técnica y de Infraestructuras le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Supervisar, controlar y coordinar las actuaciones realizadas sobre los sistemas de telecomunicaciones de la Entidad y las infraestructuras aplicadas a la explotación de las loterías.

b) Controlar y gestionar el mantenimiento, el inventario y la conservación de los equipamientos de los puntos de venta.

c) Controlar y hacer el mantenimiento de los equipamientos y las operaciones vinculadas a la realización de los sorteos.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

Artículo 5

Departamento Administrativo y Financiero

5.1 El ámbito de actuación del Departamento Administrativo y Financiero engloba las actuaciones que tienen relación con el marco administrativo y financiero de las actividades que desarrolla la Entidad.

5.2 Las funciones asignadas al/a la jefe/a del Departamento son las siguientes:

a) Participar en la definición y el seguimiento de la estrategia de actuación de la Entidad, aportando el posicionamiento y las valoraciones correspondientes desde la perspectiva del ámbito administrativo y financiero.

b) Planificar la elaboración del proyecto de presupuesto de la Entidad, gestionar su ejecución y presentar su liquidación.

c) Coordinar la elaboración de los estados financieros y presentarlos para su aprobación por parte del Consejo de Administración.

d) Gestionar el presupuesto asignado al Departamento y coordinar y gestionar las acciones de las unidades adscritas.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

5.3 El Departamento Administrativo y Financiero se estructura en las unidades y áreas siguientes:

a) Unidad Jurídica y de Contratación.

b) Unidad de Gestión de Personal y Atención Ciudadana.

c) Unidad de Gestión Económica.

d) Área de Servicios Generales.

5.4 A la Unidad Jurídica y de Contratación le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Hacer el seguimiento normativo y proponer, elaborar y tramitar las modificaciones normativas que afectan al ámbito de actuación de la Entidad.

b) Asesorar jurídicamente en los órganos o ámbitos de responsabilidad de la Entidad sobre materias relacionadas con la actividad desarrollada y hacer el seguimiento de los procedimientos contenciosos en los que la Entidad sea parte interesada.

c) Planificar y tramitar los expedientes de contratación y los convenios de colaboración, impulsando criterios de responsabilidad social en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

d) Gestionar todos los asuntos vinculados con el patrimonio y con el inmovilizado inmaterial de la Entidad.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

5.5 A la Unidad de Gestión de Personal y Atención Ciudadana le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Coordinar las actuaciones dirigidas al pago de premios, servicio de atención e información al público y tramitación de incidencias y consultas.

b) Planificar y gestionar la administración del capítulo I del presupuesto, la nómina y la seguridad social.

c) Gestionar los expedientes de personal y coordinar los trámites administrativos.

d) Responsabilizarse de la gestión interna del centro de la Entidad en Barcelona.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

5.6.1 A la Unidad de Gestión Económica le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Participar en la preparación del anteproyecto de presupuesto y gestionar el control presupuestario.

b) Elaborar los estados financieros y gestionar la documentación correspondiente, coordinando las cuestiones relacionadas con los ingresos y los gastos de la Entidad.

c) Gestionar y tramitar expedientes económicos, actividades vinculadas a la operativa y el funcionamiento de los juegos y realizar estudios e informes vinculados al ámbito económico.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

5.6.2 La Unidad de Gestión Económica se estructura en:

a) El Área de Gestión Financiera y Presupuestaria.

b) El Área de Gestión Económica de Juegos.

5.6.3 Al Área de Gestión Financiera y Presupuestaria le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Participar en la preparación del anteproyecto de presupuesto y ejecutar las tareas relacionadas con la gestión del control presupuestario.

b) Realizar las tareas asociadas a la contabilidad financiera y preparar los estados financieros y la documentación vinculada a esta actividad.

c) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

5.6.4 Al Área de Gestión Económica de Juegos le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Gestionar los datos e informaciones generadas por la operativa de los juegos.

b) Realizar las tareas asociadas a la gestión económica de las operaciones de los juegos y su imputación a la contabilidad financiera.

c) Tramitar y hacer el seguimiento de expedientes económicos.

d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

5.7 Al Área de Servicios Generales le corresponde realizar las funciones siguientes:

a) Controlar y gestionar el mantenimiento de las infraestructuras de soporte a la gestión de las loterías y el inmovilizado de la Entidad.

b) Gestionar el archivo documental de la Entidad.

c) Planificar y gestionar los servicios generales, así como coordinar las relaciones de régimen interno con las empresas colaboradoras que desarrollan los servicios en el centro de Molins de Rei.

d) Ejecutar la política de prevención de riesgos y salud laboral con especial consideración, dentro de la protección, a la promoción y la mejora de la salud laboral.

e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden INT/419/2006, de 14 de agosto, de reestructuración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad y de reasignación de funciones de sus órganos (DOGC núm. 4703, de 23.8.2006).

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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