DECRETO 148/2009, DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ASIGNAN AL DEPARTAMENTO DE TRABAJO LAS FUNCIONES Y LOS SERVICIOS TRASPASADOS A LA GENERALIDAD DE CATALUÑA EN MATERIA DE INMIGRACIÓN, RELATIVOS A LAS AUTORIZACIONES INICIALES DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA O AJENA DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS QUE DESARROLLEN SU RELACIÓN LABORAL EN CATALUÑA.
Mediante el Real decreto 1463/2009, de 18 de septiembre, se han traspasado a la Generalidad de Cataluña las funciones y los servicios de la Administración del Estado en materia de inmigración, relativos a las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras que desarrollen su relación laboral en Cataluña (DOGC de 22.9.2009).
En consecuencia, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,
Decreto:
Artículo 1
Se asignan al Departamento de Trabajo las funciones y los servicios que han sido traspasados a la Generalidad de Cataluña por parte de la Administración del Estado mediante el Real decreto 1463/2009, de 18 de septiembre, de traspaso de funciones y servicios a la Generalidad de Cataluña en materia de inmigración: autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras que desarrollen su relación laboral en Cataluña.
Artículo 2
El Departamento de Trabajo ejerce, respecto a las funciones y los servicios traspasados, las facultades que le corresponden según la normativa vigente.
Disposición final
Este Decreto entra en vigor el día 1 de octubre de 2009.