DECRETO 60/2009, DE 23 DE JULIO, POR EL QUE SE CREAN UNIDADES DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA EN CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y/O EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.
La Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Cantabria ha ido avanzando en el diseño de un nuevo modelo de orientación educativa que se adapte a los cambios que presenta la realidad socioeducativa actual. En ese sentido, el Decreto 106/2005, de 1 de septiembre, por el que se crean Unidades de Orientación Educativa en Centros Públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria, establece la creación de once Unidades de Orientación Educativa en otros tantos centros públicos de Educación Infantil y/o Primaria. Asimismo, el Decreto 91/2006, de 31 de agosto, por el que se crean Unidades de Orientación Educativa en centros públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria, establece la creación de veintisiete nuevas Unidades de Orientación en los centros correspondientes. Igualmente, el Decreto 122/2007, de 13 de septiembre, por el que se crean Unidades de Orientación Educativa en centros públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria establece la creación de cuatro nuevas Unidades de Orientación. Finalmente, mediante el Decreto 93/2008, de 25 de septiembre, por el que se crean Unidades de Orientación Educativa en centros públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria y de Educación Especial, se establece la creación de dos nuevas Unidades de Orientación.
La creación de Unidades de Orientación Educativa ha supuesto profundizar en un modelo de orientación que tiene en cuenta no sólo los principios del modelo de atención a la diversidad que se impulsa desde la Administración educativa de Cantabria, sino también la figura del centro como eje que dinamiza y aglutina la acción de toda la comunidad educativa. Asimismo, dichas Unidades han supuesto un acercamiento de los servicios especializados de orientación a los centros educativos públicos de Educación Infantil y/o Primaria, y han contribuido, mediante una mayor presencia del orientador en dichos centros, a dar respuesta a los retos que plantea actualmente la educación, entre otros, la necesidad de atender la creciente diversidad del alumnado; el carácter prioritario que deben tener las acciones que previenen la aparición de dificultades de aprendizaje; el compromiso para contribuir al éxito educativo, es decir, para que todo el alumnado alcance su máximo desarrollo personal y social; y la adecuación de la organización de los centros educativos a las demandas y necesidades originadas por las nuevas circunstancias sociales y educativas.
Para avanzar en la realización del modelo de orientación que se ha señalado anteriormente, la Consejería de Educación decide crear, mediante el presente Decreto, nuevas Unidades de Orientación Educativa en centros públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria, potenciando, en consecuencia, un acercamiento de los servicios especializados de orientación a los centros educativos que contribuya a dar respuesta a las demandas que plantea la nueva realidad educativa y social.
El Real Decreto 2671/1998, de 11 de diciembre (BOC de 20 de enero de 1999), sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en Materia de Enseñanza no Universitaria, transfiere a la Comunidad Autónoma las funciones relativas a la creación, clasificación, traslado, clausura, supresión, régimen jurídico, económico y administrativo de las unidades, secciones y centros docentes no universitarios.
El órgano competente para la integración de centros públicos es el Consejo de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, el artículo 2 del Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación infantil y colegios de Educación primaria, y el artículo 61 de la Ley 6/2002, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
De conformidad con lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Educación, en el ejercicio de las competencias que me confiere la Ley 6/2002 , de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 23 de julio de 2009
DISPONGO:
Artículo único.
1. Por el presente Decreto se crean Unidades de Orientación Educativa, que ejercerán sus funciones en centros públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria. Dichas Unidades tienen como finalidad favorecer la mejora de la atención a todo el alumnado incidiendo en aquellos procesos que contribuyen al desarrollo integral de los alumnos en un marco de colaboración entre el profesorado del centro, las familias y el entorno, desde la consideración del centro como eje que dinamiza y aglutina la acción de toda la comunidad educativa.
2. Las Unidades de Orientación Educativa que se crean mediante este Decreto son las siguientes:
Denominación: Unidad de Orientación Educativa Aguanaz.
Ámbito de actuación: CP Aguanaz (Entrambasaguas).
Denominación: Unidad de Orientación Educativa Ramón y Cajal.
Ámbito de actuación: CP Ramón y Cajal (Guarnizo).
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se autoriza a la Consejería de Educación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en el presente Decreto, así como para regular cuantas cuestiones se deriven de su aplicación.
Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.