La declaración del año 2009 como Any de la Solidaritat, por Acuerdo de 5 de septiembre de 2008, del Consell, planteaba como objetivo fundamental impulsar, promover y apoyar la celebración de actos que reivindicasen la solidaridad del pueblo valenciano en su compromiso con los más necesitados.
El objeto del presente decreto es regular la Taula de la Solidaritat de la Comunitat Valenciana, como órgano colegiado de participación entre la Generalitat y las entidades benéfico-asistenciales de Cáritas Diocesana, Cruz Roja Española y los Bancos de Alimentos.
Este organismo tiene como finalidad principal atender a las personas y colectivos más vulnerables o aquellos que puedan encontrarse en el futuro en situaciones de marginación por la precariedad de su situación económica o laboral, o por la ausencia de redes socio-familiares de apoyo.
DECRETO 104/2009, DE 29 DE JULIO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE CREA Y REGULA LA TAULA DE LA SOLIDARITAT DE LA COMUNITAT VALENCIANA
El Consell está firmemente comprometido con las necesidades de los ciudadanos y por ello, en ese compromiso, quiere ofrecer un nivel mínimo de bienestar para todos garantizando las condiciones básicas necesarias para lograr una efectiva igualdad entre sus ciudadanos.
Consciente que este objetivo lo comparte con otras Administraciones Públicas, con entidades benéfico-asistenciales, con obras sociales de entidades financieras y con la sociedad civil, la Generalitat considera necesario articular un cauce estable y permanente de colaboración que permita desarrollar con la máxima eficacia la gestión de los esfuerzos existentes en la sociedad valenciana orientados a garantizar una mayor solidaridad entre todos los valencianos.
La declaración del año 2009 como Any de la Solidaritat, por Acuerdo de 5 de septiembre de 2008, del Consell, planteaba como objetivo fundamental impulsar, promover y apoyar la celebración de actos que reivindicasen la solidaridad del pueblo valenciano en su compromiso con los más necesitados.
Como Administraciones Locales más cercanas a los ciudadanos, los Ayuntamientos, integrados en la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, y las Diputaciones Provinciales, en su condición de Ayuntamiento de Ayuntamientos, son las primeras Administraciones que detectan las principales necesidades y demandas de los ciudadanos.
Asimismo, y por esa cercanía, estas Entidades Locales son las que mejor pueden adoptar medidas efectivas para la solución de problemas, porque nadie mejor que los responsables de los servicios sociales de ámbito local pueden identificar qué medida o medidas serán más efectivas para atender y dar respuesta a las necesidades de cada usuario.
En virtud de lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 18 de la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Bienestar Social y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 29 de julio de 2009, DECRETO
Artículo 1. Objeto y finalidad
1. El objeto de este decreto es regular la Taula de la Solidaritat de la Comunitat Valenciana, como órgano colegiado de participación entre la Generalitat y las entidades benéfico-asistenciales de Cáritas Diocesana, Cruz Roja Española y los Bancos de Alimentos.
2. La Taula de la Solidaritat de la Comunitat Valenciana tiene como finalidad principal atender a las personas y colectivos más vulnerables o aquellos que puedan encontrarse en el futuro en situaciones de marginación por la precariedad de su situación económica o laboral, o por la ausencia de redes socio-familiares de apoyo.
Artículo 2. Creación y adscripción
1. Se crea la Taula de la Solidaritat de la Comunitat Valenciana, adscrita a la Conselleria competente en materia de bienestar social, como órgano colegiado destinado a articular la colaboración para una mayor vertebración del tejido social de la Comunitat Valenciana.
2. La Taula de la Solidaritat de la Comunitat Valenciana responde a la voluntad de fomentar la colaboración entre las diferentes Administraciones Públicas y las entidades benéfico-asistenciales de Cáritas Diocesana, Cruz Roja Española y los Bancos de Alimentos, para facilitar la participación de éstas en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos de la Comunitat Valenciana.
Artículo 3. Funciones
Corresponden a la Taula de Solidaritat de la Comunitat Valenciana las siguientes funciones:
1. Detección conjunta y prevención de situaciones de necesidad.
2. Análisis y presentación de propuestas de actuación para la resolución de las necesidades detectadas.
3. Estudio, desarrollo y ejecución de iniciativas tendentes a la autoorganización de las personas y grupos afectados por problemas sociales.
4. Promoción y desarrollo de las relaciones entre las asociaciones, instituciones y entidades del voluntariado con las instituciones públicas dedicadas a la acción social.
5. Colaboración en campañas sociales que impliquen información, orientación y fomento de la cooperación y la solidaridad ciudadana.
6. Fomento de los procesos de participación ciudadana, en colaboración y coordinación con instituciones públicas y privadas de su ámbito de actuación territorial.
Artículo 4. Composición
1. La Taula de Solidaritat de la Comunitat Valenciana, con ámbito de actuación en todo el territorio de la Comunitat Valenciana, estará integrada por los siguientes miembros:
a) Presidente: el/la titular de la Conselleria competente en materia de bienestar social.
b) Vicepresidente: el/la titular de la Secretaría Autonómica en materia de servicios sociales.
c) El/la titular de la Dirección General en materia de servicios sociales, que actuará como Secretario/a.
d) Los/las titulares de las Subsecretarías de las Consellerias competentes en materia de bienestar social, participación ciudadana, economía y hacienda.
e) Los/las Presidentes de las Diputaciones Provinciales de Alicante, Castellón y Valencia, o Diputados/as en quienes deleguen.
f) Tres representantes de los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, a razón de uno por provincia, designados a propuesta de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.
g) Dos representantes de las entidades benéfico-asistenciales de Cáritas Diocesana, Cruz Roja Española y los Bancos de Alimentos.
2. Por acuerdo de la Taula de Solidaritat de la Comunitat Valenciana se podrá invitar a participar en alguna de sus sesiones a los representantes designados por las fundaciones y obras sociales de las distintas entidades financieras que ejerzan su actividad en el territorio de la Comunitat Valenciana.
Artículo 5. Régimen de funcionamiento y adopción de acuerdos 1. La Taula de Solidaritat de la Comunitat Valenciana quedará válidamente constituida cuando estén presentes, al menos, la mayoría de sus miembros, siendo necesaria, en todo caso, la presencia del Presidente y el Secretario.
2. Para la adopción de acuerdos se requerirá la mayoría simple de los miembros presentes.
3. En lo no previsto en este decreto de creación, o en su reglamento de funcionamiento interno, la Taula de Solidaritat de la Comunitat Valenciana se regirá por lo dispuesto en materia de órganos colegiados por la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 6. Comisiones técnicas de trabajo La Taula de Solidaritat de la Comunitat Valenciana podrá constituir cuantas comisiones técnicas de trabajo se consideren necesarias para facilitar su trabajo, pudiendo participar en las mismas personal técnico.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Habilitación normativa La persona titular de la Conselleria competente en materia de políticas de acción social queda facultada para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo de este decreto.
Segunda. Entrada en vigor El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.