RESOLUCIÓN 93/2009, DE 2 DE ABRIL, DEL DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE PROCEDE A LA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 13/2009, DE 2 DE FEBRERO, DEL DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES, PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE NAVARRA NÚMERO 34 DE 20 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL CALENDARIO ESCOLAR Y HORARIO GENERAL CORRESPONDIENTE A LOS CENTROS QUE IMPARTEN LAS ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA PARA EL CURSO 2009-2010.
Advertido error en el apartado 1.-Calendario, punto 2.ª d) y e), punto 3.ª d) y e) de la Resolución 13/2009 , de 2 de febrero, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se aprueban las instrucciones para la elaboración del calendario escolar y horario general correspondiente a los centros que imparten las enseñanzas de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño de la Comunidad Foral de Navarra para el curso 2009-2010, donde diversas fechas resultan erróneas, es preciso, por consiguiente, modificar dicha Resolución en el sentido de sustituir las fechas erróneas por las correctas.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1.º Dejar sin efecto las fechas establecidas en el apartado 1.-Calendario, punto 2.ª d) y e), punto 3.ª d) y e) de la Resolución 13/2009 , de 2 de febrero, del Director General de Formación Profesional y Universidades, sustituyéndolas por las que, a continuación, se indican:
"1.-Calendario.
2.ª El calendario base, que se adjudicará de oficio a aquellos centros que no presenten su propuesta en el plazo establecido en el apartado 4. tramitación, será el siguiente:
d) Finalización de las clases: el 18 de junio para el 1er Curso de aquellos Ciclos Formativos que se organizan en dos cursos académicos.
e) Vacaciones de Navidad: del 23 de diciembre al 10 de enero, ambos inclusive.
3.ª Los centros que deseen realizar una propuesta específica de calendario se someterán a las siguientes condiciones:
d) Para el 1er Curso de aquellos Ciclos Formativos que se organizan en dos años académicos, no finalizar las clases después del 23 de junio.
e) Vacaciones de Navidad: del 23 de diciembre al 10 de enero, ambos inclusive."
2.º Notificar la presente Resolución al Boletín Oficial de Navarra para su publicación.
3.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Formación Profesional, al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Recursos Humanos y a la Sección de Planificación y Desarrollo de Centros, a los efectos oportunos.
4.º Contra la presente Resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.