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  • EDICIÓN DE 25/03/2009
 
 

Época de Peligro Medio de Incendios Forestales

25/03/2009
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Orden de 20 de marzo de 2009 por la que se declara Época de Peligro Medio de Incendios Forestales en las Zonas de Coordinación del Plan INFOEX de Sierra de Gata-Hurdes y Monfragüe-Ambroz, Jerte y Tiétar (DOE de 24 de marzo de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 20 DE MARZO DE 2009 POR LA QUE SE DECLARA ÉPOCA DE PELIGRO MEDIO DE INCENDIOS FORESTALES EN LAS ZONAS DE COORDINACIÓN DEL PLAN INFOEX DE SIERRA DE GATA-HURDES Y MONFRAGÜE-AMBROZ, JERTE Y TIÉTAR.

El Decreto 123/2005 Vínculo a legislación, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), establece en su artículo 4.1.c la posibilidad de declaración, dentro de la época de peligro bajo, de una época de peligro medio si la reiteración de incendios y las condiciones meteorológicas aconsejaran temporalmente el refuerzo en el despliegue de medios del Plan INFOEX. En esta época de peligro medio se podrán limitar o prohibir totalmente las quemas y otras actividades que supongan riesgo de incendios forestales, mediante Orden del titular de la Consejería competente en materia de incendios forestales.

En el artículo 4.2 del citado Decreto, se señala que, en función de las condiciones meteorológicas, se determinará anualmente mediante Orden la duración de cada época de peligro.

El número de incendios sufridos desde inicios de este año en la zona Norte de la provincia de Cáceres ha aumentado de forma considerable. Al mismo tiempo, la sequía que se viene prolongando desde hace varios meses, se prevé, puede continuar en las próximas fechas y ello unido a las condiciones de vientos, secos y fuertes, lo que incrementarán aún más el riesgo de inicio y propagación de incendios forestales. Todo ello hace que sea necesario disponer del máximo despliegue de medios del Plan INFOEX para atender con la debida garantía las incidencias que pudieran surgir.

Por todo ello, y en virtud de la competencia que en materia de incendios forestales tiene atribuida la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, DISPONGO:

Artículo 1.

Se declara Época de Peligro Medio de Incendios Forestales en las Zonas de Coordinación del Plan INFOEX de Sierra de Gata-Hurdes y Monfragüe-Ambroz, Jerte y Tiétar, cuyos ámbitos territoriales son los reflejados en el Anexo I de la Orden de 7 de octubre de 2008, de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se modifican las zonas de coordinación del Plan INFOEX, publicada en el Diario Oficial de Extremadura de 21 de octubre de 2008.

Artículo 2.

Serán de aplicación en las citadas Zonas de Coordinación del Plan INFOEX de Sierra de Gata-Hurdes y Monfragüe-Ambroz, Jerte y Tiétar las prohibiciones, limitaciones y autorizaciones previstas en el artículo 36 Vínculo a legislación del Decreto 123/2005, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX), excepto en los términos municipales de Casas de Millán, Casas de Miravete, Jaraicejo, Malpartida de Plasencia, Mirabel, Serradilla, Serrejón, Toril y Torrejón el Rubio.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación, y podrá ser derogada si las condiciones meteorológicas y de riesgo de inicio y propagación de incendios lo aconsejan.

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