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  • EDICIÓN DE 06/03/2009
 
 

XVIII Edición del Premio Manuel Colmeiro

06/03/2009
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Se convoca la XVIII Edición del Premio Manuel Colmeiro, orientado a distinguir estudios sobre la Administración pública de Galicia.

BASES

Primera.

El objeto del premio se destina a fomentar y a distinguir trabajos de estudio e investigación sobre las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los trabajos podrán versar sobre su organización, estructura, funciones y ámbitos competenciales, pudiendo abordar la investigación desde cualquier perspectiva, ya sea histórica, jurídica, administrativa, política, sociológica, económica, etc.

Segunda.

Podrán participar en esta convocatoria tanto personas individuales como equipos de trabajo formados al efecto de cualquier nacionalidad de los estados miembros de la Unión Europea.

Tercera.

La dotación económica del premio es de 6.000 euros que estará sujeta a la correspondiente retención fiscal. También se entregará a la candidatura ganadora un diploma acreditativo que expedirán el conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y el director de la EGAP.

Cuarta.

Los trabajos serán originales e inéditos y no premiados con anterioridad. Se presentarán en formato A4, mecanografiados a doble espacio y por una sola cara, con una extensión mínima de 100 páginas. La solicitud de participación se presentará acompañada de tres ejemplares de la obra y de un ejemplar en soporte informático (formato Word).

En los trabajos no figurará dato personal alguno del autor, debiendo constar exclusivamente su título. Junto con el trabajo se presentará un sobre cerrado dentro del que figurarán los datos personales del autor y el título del trabajo, según el modelo que figura en el anexo de la convocatoria.

Quinta.

Los trabajos se dirigirán al director de la escuela y se presentarán en la Escuela Gallega de Administración Pública, sita en el Polígono de As Fontiñas, calle Madrid, 2-4, 15707 Santiago de Compostela.

Igualmente podrán ser remitidos por correo certificado a esta misma dirección con el epígrafe Premio Manuel Colmeiro sin que figure la identidad del autor en el envío postal, acogiéndose a lo establecido en el artículo 24.3.º del Reglamento de prestación de los servicios postales, aprobado por el Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre.

El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 30 de septiembre del presente año.

Sexta.

El examen de los trabajos presentados y, en su caso, la adjudicación del premio le corresponderá a un jurado especial, que estará compuesto por cinco personas de reconocido prestigio en el ámbito de la Administración pública, nombrado por el conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

La composición nominal del jurado se hará pública en el momento de la resolución.

Si el jurado lo considera oportuno, podrá declarar el premio desierto.

Séptima.

En el proceso de evaluación de los trabajos el jurado tendrá en cuenta el rigor científico en la calidad de los mismos.

Octava.

La decisión del jurado, que será inapelable, tendrá lugar en el plazo de dos meses a contar desde el último día del plazo de presentación y se notificará a todos los participantes. Igualmente se publicará en el DOG por resolución del director de la EGAP, que pondrá fin a la vía administrativa. Las solicitudes se entenderán desestimadas si la concesión del premio no se resolviese antes del 31 de diciembre de 2009.

La entrega del premio se realizará en acto público en el lugar y en la fecha que se determinarán oportunamente.

Novena.

El importe de este premio se abonará con cargo a la dotación prevista en la partida 06.80.122B.480.0 de los presupuestos de la EGAP para el 2009.

Los destinatarios del premio tienen la obligación de facilitar toda la información que les sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, por el Tribunal de Cuentas y por el Consejo de Cuentas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión del premio podrá dar lugar a modificaciones de la resolución de concesión.

Asimismo, en el caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas para su concesión existirá la obligación de reintegro total o parcial del premio percibido.

Décima.

La presentación a este premio implicará, en el caso de ser galardonado, la cesión por el autor de los derechos de edición, uso y explotación en favor de la EGAP durante un período de tres años a contar desde el día de la publicación del fallo del jurado. La compensación económica por los derechos de explotación que le pudiera corresponder al autor se considerará incluida en la dotación del premio.

Los trabajos no premiados les serán devueltos a sus autores, previa petición expresa de ellos, en el plazo de tres meses siguientes al de la fecha en la que les sea notificada la decisión del jurado.

Finalizado dicho plazo sin que se solicite la devolución, se podrá proceder a su destrucción.

Undécima.

La presentación del trabajo para el premio implicará la aceptación por sus autores de estas bases.

Duodécima.

Las incidencias que puedan presentarse en los supuestos no previstos en estas bases serán resueltas por el director de la EGAP.

Decimotercera.

La convocatoria, sus bases y todos cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

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