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  • EDICIÓN DE 03/02/2009
 
 

Encomienda de gestión de diversos contratos

03/02/2009
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Resolución 1253/2008, de 5 de diciembre, del Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra, por la que se aprueba la encomienda de gestión de diversos contratos de asistencia al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior (BON de 2 de febrero de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN 1253/2008, DE 5 DE DICIEMBRE, DEL DIRECTOR GERENTE DE LA HACIENDA TRIBUTARIA DE NAVARRA, POR LA QUE SE APRUEBA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE DIVERSOS CONTRATOS DE ASISTENCIA AL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

El Decreto Foral 255/2007 Vínculo a legislación, de 17 de diciembre, reordena las competencias para la celebración de los contratos de asistencia en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, transfiriendo al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior las competencias para la celebración de determinados contratos de asistencia con destino a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral. Esta previsión, contenida en el artículo 3 del Decreto Foral, tiene un alcance subjetivo limitado, al no afectar a los organismos públicos de la Comunidad Foral.

El artículo 39.1 Vínculo a legislación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, podrán encomendar a otros órganos la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia, por razones de eficacia o cuando no posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. En parecidos términos, el artículo 15 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de la misma o distinta Administración, cuando concurran razones de eficacia o no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

En la actualidad, el Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, adscrito al Departamento de Economía y Hacienda, no dispone del personal y los medios necesarios para llevar a cabo los procedimientos de contratación pública de su competencia en relación a los contratos de asistencia contemplados en el artículo 3 Vínculo a legislación del Decreto Foral 255/2007 y se hace necesario instrumentar la colaboración con la Dirección General de Modernización y Administración Electrónica y con la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, mediante la técnica de la encomienda de gestión. A estos efectos, al afectar la encomienda a dos Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, se hace precisa la autorización de los respectivos Consejeros, tal como exige el apartado 3 del artículo 39 Vínculo a legislación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Por su parte, el apartado 5 de este mismo artículo dispone que, para su eficacia, el régimen de la encomienda debe ser objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Mediante Orden Foral 198/2008 Vínculo a legislación, de 3 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda se autorizó al Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra la encomienda de gestión de diversos contratos de asistencia al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, facultando al Director Gerente de Hacienda Tributaria de Navarra para la aprobación y publicación de la encomienda una vez obtenida la autorización correspondiente de ese Departamento. Por Orden Foral 474/2008, de 14 de noviembre, del Consejero Presidencia, Justicia e Interior se acepta la referida encomienda de gestión.

El objeto de la encomienda autorizada será la realización por los órganos competentes del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior de todas las actuaciones administrativas previas a la adjudicación así como el seguimiento de la ejecución del contrato, correspondiendo al Organismo Autónomo la autorización del gasto y la adjudicación contractual en los términos que le proponga el órgano gestor.

La encomienda tendrá un plazo de vigencia de tres años contados a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, pudiendo ser objeto de prórrogas de carácter anual.

En razón de lo expuesto, visto el informe propuesta de la Sección de Administración y el informe jurídico que integran el expediente y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 12 Vínculo a legislación del Decreto Foral 119/2007, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Hacienda Tributaria de Navarra,

RESUELVO:

1.º Encomendar a la Dirección General de Modernización y Administración Electrónica y a la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, las actuaciones que resulten necesarias para la instrucción, tramitación y propuesta de adjudicación, así como el seguimiento de la ejecución de los contratos de asistencia promovidos por el organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra y cuyo objeto se encuentre entre los relacionados por el artículo 3 Vínculo a legislación del Decreto Foral 255/2007, de 17 de diciembre, por el que se reordenan las competencias para la celebración de contratos de asistencia en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

2.º La encomienda tendrá un plazo de vigencia de tres años contados a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, pudiendo ser objeto de prórrogas de carácter anual si no mediase denuncia expresa por alguna de las partes con una antelación de dos meses.

3.º La financiación de los gastos de los contratos que deriven de la presente encomienda se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra. No obstante, cada expediente deberá ir precedido de la pertinente descripción con el detalle suficiente para su gestión y la autorización del gasto necesario para ello, en cualquiera de las formas establecidas al efecto.

4.º La promoción y seguimiento de los expedientes se realizará desde la Sección de Administración de la Hacienda Tributaria de Navarra de Navarra, en ejercicio de las funciones que tiene atribuidas.

5.º Trasladar esta Resolución a la Dirección General de Modernización y Administración Electrónica, a la Dirección General de Interior, a la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y a la Sección de Administración de Hacienda Tributaria de Navarra, a los efectos oportunos.

6.º Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

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