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  • EDICIÓN DE 30/01/2009
 
 

Curso Monográfico de Estudios Superiores: La Potestad Sancionadora Local

30/01/2009
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El Instituto Andaluz de Administración Pública convoca el “Curso Monográfico de Estudios Superiores: La Potestad Sancionadora Local” organizado por el Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI) de Granada.

Bases:

Primera. Objetivos, contenido, fecha, lugar y horario de celebración.

Con los objetivos y contenidos que figuran en el Anexo I, el curso tendrá lugar durante los días 25 y 26 de marzo, en Granada, Plaza Mariana Pineda, 8, sede del CEMCI, en horario de mañana y tarde, de 9,30 a 14,30 horas y de 16,30 a 19,30 horas, con un total de 16 horas lectivas presenciales (de obligada asistencia), más la opción de elaborar un trabajo individual de evaluación (4 horas).

La celebración efectiva del curso quedará supeditada a que exista un número idóneo de alumnos matriculados.

Segunda. Condiciones generales de admisión.

Las actividades formativas del CEMCI están dirigidas con carácter general a los cargos electos, directivos, funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal y, en general, al personal al servicio de las Entidades Locales de Andalucía.

Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidos al curso quienes presten servicios en la Junta de Andalucía u otras Administraciones y Entidades Públicas actuantes en el territorio de la Comunidad Autónoma que lo hubieran solicitado.

Tercera. Destinatarios específicos.

El curso está dirigido a los cargos electos de las entidades locales, directivos, funcionarios con habilitación de carácter estatal y demás empleados públicos locales con titulación superior o media o asimilada que tengan a su cargo funciones relacionadas con el ejercicio o aplicación de la potestad sancionadora local.

Cuarta. Criterios de selección.

El número de asistentes será limitado, por lo que, si fuese necesario, la selección de solicitantes se efectuaría atendiendo a los siguientes criterios:

- Puesto de trabajo desempeñado.

- Prioridad en la presentación de solicitudes y pago anticipado de los derechos de matrícula.

El CEMCI podrá reservar el 10% de las plazas para su adjudicación discrecional a los colaboradores del mismo o al personal de las Instituciones o Entidades con las que mantenga relaciones de colaboración.

Quinta. Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el día 25 de febrero de 2009.

Las solicitudes deberán dirigirse, según modelo adjunto, al CEMCI, Plaza Mariana Pineda, número 8, C.P. 18009, Granada (información en el teléfono 958 247 217), por correo ordinario, fax (958 247 218), usando la página web http://www.cemci.org, o a través de cualquiera de los registros a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los datos personales que consten en las solicitudes se incorporarán al fichero informático del CEMCI, quien se hace responsable de su custodia y tratamiento. Para rectificar o cancelar los datos debe manifestarse por escrito dirigido al Centro, Plaza Mariana Pineda, 8, C.P. 18009, Granada, o a la cuenta de correo electrónico [email protected].

Sexta. Derechos de matrícula y expedición de certificados.

Los solicitantes deberán abonar antes de la fecha de finalización del plazo de inscripción (25 de febrero), la cantidad de 275 euros como derechos de matrícula y expedición de las oportunas certificaciones.

Finalizado el plazo de inscripción, y para el caso de que pudieran haberse admitido solicitantes que no hubieran abonado los derechos de matrícula, deberán efectuar su pago en el plazo que expresamente señale el CEMCI en la carta de admisión, resultando requisito indispensable para la firmeza de la misma.

El abono de los derechos de matrícula podrá realizarse en efectivo o cheque nominativo, por giro postal o telegráfico y, preferiblemente, por transferencia bancaria a la c.c. de Caja Granada núm. 2031 0009 11 0115952603, siendo en este caso imprescindible especificar en el campo del “concepto”, el nombre, apellidos, NIF del solicitante y nombre de la actividad solicitada.

En el caso de que por cualquier circunstancia no fuera definitivamente admitida la solicitud, le será reintegrado su importe en el plazo máximo de treinta días desde el inicio del curso. Para que la cancelación de matrícula conlleve la devolución del importe de los derechos abonados, deberá comunicarse por escrito al CEMCI al menos cinco días hábiles antes del comienzo del curso. Pasado ese plazo, sólo se procederá a la devolución del 50% del importe de los derechos, y una vez comenzado el curso no procederá devolución alguna.

Séptima. Puntuación para habilitados estatales.

De conformidad con la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE de 8 de noviembre de 1994), la puntuación otorgada a este curso, a efectos de los concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, será la siguiente:

- Por la asistencia al curso (16 horas): 0,25 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento, evaluado mediante trabajo individualizado (20 horas): 0,40 puntos.

Octava. Certificado de Asistencia/Aprovechamiento.

Finalizado el curso con una asistencia mínima del 90% del total de sus horas lectivas, los participantes tendrán derecho a la expedición de la certificación acreditativa oportuna: Certificado de Asistencia (16 horas), o de Aprovechamiento (20 horas) a quienes además presenten trabajo de evaluación y este sea considerado apto por la Dirección Académica del curso. En el caso del personal al servicio de la Junta de Andalucía sus certificaciones acreditativas recogerán en ambos casos el total de horas presenciales (16), si bien especificando si se trata de Asistencia o de Aprovechamiento.

El CEMCI podrá disponer los sistemas de control que estime oportunos para comprobar la asistencia.

“CURSO MONOGRÁFICO DE ESTUDIOS SUPERIORES: LA POTESTAD SANCIONADORA LOCAL”

I. Objetivos:

- Estudiar el significado y alcance de la potestad sancionadora Local tras las modificaciones introducidas en la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local mediante Ley 57/2003.

- Analizar y ofrecer soluciones, desde un punto de vista eminentemente práctico, a la problemática suscitada en torno a la aplicación de los principios que informan la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas.

- Profundizar en el estudio del procedimiento sancionador local, y en especial en aquellas fases o elementos del mismo sustancialmente controvertidos desde un punto de vista práctico.

II. Contenidos (avance de programa):

1. La potestad sancionadora de las Entidades Locales tras la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

2. La sanción administrativa: concepto y criterios delimitadores. Diferencias con otras figuras afines.

3. Los principios de la potestad sancionadora: tipicidad e irretroactividad.

4. La culpabilidad y la proporcionalidad como principios de la potestad sancionadora.

5. El principio non bis in ídem.

6. Los derechos del presunto responsable. Especial referencia a la presunción de inocencia y a la carga de la prueba.

7. La prescripción de las infracciones y sanciones. La caducidad-perención del procedimiento.

8. El procedimiento administrativo sancionador: actuaciones previas e iniciación del procedimiento.

9. El procedimiento administrativo sancionador: instrucción.

10. El procedimiento administrativo sancionador: resolución. Ejecución. Procedimiento simplificado.

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