Diario del Derecho. Edición de 24/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/01/2009
 
 

Plan de Recepción y Manipulación de Desechos Generados por Buques

09/01/2009
Compartir: 

Decreto 124/2008, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Recepción y Manipulación de Desechos Generados por Buques y Residuos de Carga en los Puertos de Cantabria (BOCA de 8 de enero de 2009). Texto completo.

DECRETO 124/2008, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE RECEPCIÓN Y MANIPULACIÓN DE DESECHOS GENERADOS POR BUQUES Y RESIDUOS DE CARGA EN LOS PUERTOS DE CANTABRIA.

En aplicación de lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1.381/2002, de 20 de diciembre, sobre Instalaciones Portuarias de Recepción de Desechos Generados por Buques y Residuos de carga, la Entidad Pública empresarial Puertos de Cantabria contrató la elaboración del proyecto de Plan de Recepción y Manipulación de Desechos generados por Buques y Residuos de carga en los Puertos de Cantabria, en el que, sin perjuicio de su redimensionamiento en función de la evolución de las flotas, tráficos u otras circunstancias puntuales, se reflejan las instalaciones portuarias de recepción y manipulación de residuos actualmente existentes, procedimientos operativos y aquellos otros aspectos que son exigibles por aplicación de la normativa citada.

El Plan cuya aprobación se instrumenta en el presente Decreto es común para todos los puertos autonómicos, y como indica el artículo 5.1 del Real Decreto 1381/2002, a su aprobación le ha precedido una fase de consultas con las partes interesadas y los usuarios de los puertos, habiéndose contestado las observaciones y sugerencias recibidas, incorporándose las consideraciones pertinentes conforme a la normativa.

Por otro lado, la Comunidad Autónoma de Cantabria aprobó, con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1.381/2002, el Decreto 102/2006, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Residuos de Cantabria 2006/2010, norma específica en materia de residuos, que ha sido modificado por Decreto 22/2007, de 1 de marzo. Este reglamento señala en su artículo 6 que la aprobación de los planes sectoriales de residuos se realizará por el Gobierno de Cantabria, mediante Decreto.

En virtud de todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 122.2 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria:

DISPONGO

Artículo primero. Aprobación del Plan de Recepción y Manipulación de Desechos Generados por Buques y Residuos de Carga en los Puertos de Cantabria.

Se aprueba el Plan de Recepción y Manipulación de Desechos generados por Buques y Residuos de Carga en los Puertos de Cantabria.

Artículo segundo. Consulta del Plan.

El Plan de Recepción y Manipulación de Desechos Generados por buques y residuos de carga en los Puertos de Cantabria podrá consultarse en la sede de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria.

Disposición final. Ámbito de aplicación temporal.

El Plan de Recepción y Manipulación de Desechos generados por buques y residuos de carga en los Puertos de Cantabria será de aplicación desde la fecha de aprobación del presente Decreto, en los puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana