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Plan de desarrollo turístico

15/12/2008
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Orden IUE/531/2008, de 2 de diciembre, de modificación de la Orden IUE/254/2008, de 22 de mayo, sobre la convocatoria para la concesión de incentivos en el ámbito del Plan de desarrollo turístico (DOGC de 12 de diciembre de 2008). Texto completo.

ORDEN IUE/531/2008, DE 2 DE DICIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN IUE/254/2008, DE 22 DE MAYO, SOBRE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE INCENTIVOS EN EL ÁMBITO DEL PLAN DE DESARROLLO TURÍSTICO.

En fecha 30 de junio de 2008 finalizó el plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las ayudas definidas en los ocho programas o líneas de ayuda previstas en el PLADETUR 2008. En el proceso de gestión administrativa de las solicitudes presentadas, la Dirección General de Turismo ha advertido un error en las partidas presupuestarias necesarias para atender al objeto del programa específico 4 "Competitividad empresarial". La base 2.4.2 correspondiente a este programa 4 define las asociaciones empresariales como posibles entidades beneficiarias, junto con las pequeñas empresas privadas. Por contra, la asignación presupuestaria oportuna sólo identifica la prevista en los presupuestos de la Secretaría de Comercio y Turismo para empresas privadas.

Por todo ello,

Ordeno:

Artículo 1

Se modifica el apartado 1.1 Presupuesto del anexo 1 del Orden IUE/254/2008, de 22 de mayo, sobre la convocatoria para la concesión de incentivos en el ámbito del Plan de desarrollo turístico, en lo referente a las partidas del presupuesto del Departamento a cargo de los incentivos de la convocatoria del Pladetur, en el sentido siguiente:

"1.1 Presupuesto

"La dotación económica de los incentivos objeto de esta convocatoria irá a cargo de las partidas siguientes: IU02D/770430300/6520 (bases específicas del programa 1, programa 2 y programa 3, con una cantidad máxima prevista de 4.700.000 euros); IU02D/7820000100/6520 (bases específicas de programa 2 y el programa 3, con una cantidad máxima prevista de 140.000 euros); IU02D/7810000100/6520 (bases específicas de programa 2 y el programa 3, con una cantidad máxima prevista de 100.000 euros); IU02D/760430000/6520 (bases específicas del programa 5, programa 6 y programa 7, con una cantidad máxima prevista de 2.764.560 euros), IU02D/470430000/6520 (bases específicas del programa 4 y programa 8, con una cantidad máxima prevista de 264.113,05 euros); IU02D/481000100/6520 (bases específicas del programa 4, con una cantidad máxima prevista de 9.500 euros); IU02D/482000100/6520 (bases específicas del programa 4, con una cantidad máxima prevista de 176.386,95 euros); todas ellas correspondientes al presupuesto del ejercicio 2008 de la Secretaría de Comercio y Turismo en una cantidad total de 8.154.560 euros."

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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