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  • EDICIÓN DE 29/10/2004
 
 

AYUDAS A LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA VEGETAL

29/10/2004
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Orden ARP/380/2004, de 15 de octubre, por la que se incrementa la cuantía de las ayudas a las agrupaciones de defensa vegetal para el año 2004, convocadas por la Orden ARP/145/2004, de 27 de abril, y se convocan ayudas extraordinarias para la lucha contra la mosca mediterránea de la fruta (Ceratitis capitata) en cítricos (DOGC de 29 de octubre de 2004). Texto completo.

ORDEN ARP/380/2004, DE 15 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE INCREMENTA LA CUANTÍA DE LAS AYUDAS A LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA VEGETAL PARA EL AÑO 2004, CONVOCADAS POR LA ORDEN ARP/145/2004, DE 27 DE ABRIL, Y SE CONVOCAN AYUDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA LUCHA CONTRA LA MOSCA MEDITERRÁNEA DE LA FRUTA (CERATITIS CAPITATA) EN CÍTRICOS

La Orden de 11 de abril de 1983 (DOGC núm. 341, de 1.7.1983) regula las agrupaciones de defensa vegetal con el objetivo de colaborar con la Administración para luchar de forma colectiva contra los agentes nocivos y las plagas de los vegetales.

Mediante la Orden ARP/145/2004, de 27 de abril (DOGC núm. 4130, de 11.5.2004) se modifican las bases reguladoras de las ayudas a las agrupaciones de defensa vegetal que establecía la Orden ARP/209/2002, de 14 de junio (DOGC núm. 3663, de 25.6.2002), y convoca las ayudas para el año 2004.

El Real decreto 461/2004, de 18 de marzo (BOE núm. 7, de 1.4.2004), establece el Programa nacional de control de la mosca mediterránea de la fruta, y califica de utilidad pública la prevención y la lucha contra esta plaga.

La Orden ARP/295/2004, de 19 de agosto (DOGC núm. 4207, de 30.8.2004), declara la existencia oficial de la plaga mosca mediterránea de la fruta Ceratitis capitata Wiedemann, y establece medidas obligatorias de lucha.

Vista la propuesta de la Dirección General de Producción, Innovación e Industrias Agroalimentarias de encargar a las agrupaciones de defensa vegetal actuaciones concretas para el tratamiento de esta plaga mediante la técnica de la captura masiva de adultos con trampas cebo.

En consecuencia, valorada la conveniencia de continuar con el fomento de las actuaciones objeto de ayuda, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Convocar ayudas extraordinarias a las agrupaciones de defensa vegetal (ADV) que participen con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca en la aplicación de medidas de captura masiva de adultos con trampas cebo de la Ceratitis capitata, de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en la Orden ARP/209/2002, de 14 de junio.

1.2 Pueden ser beneficiarias las ADV incluidas en las zonas que por resolución determine el director general de Producción, Innovación e Industrias Agroalimentarias.

1.3 Para esta convocatoria extraordinaria el importe de la ayuda será de hasta el 100% de los gastos de adquisición de los mosqueros, y del 50% de los gastos de adquisición de los atrayentes para la aplicación de la técnica de captura masiva de adultos a partir del 1 de julio de 2004.

1.4 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC.

1.5 Las solicitudes deberán ir acompañadas del Plan de actuación y el presupuesto desglosado.

1.6 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito al solicitante será de tres meses contado a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Artículo 2

Se incrementa en 987.817,04 euros la cuantía de la ayuda que establece la Orden ARP/145/2004, de 27 de mayo, cuyo importe máximo es de 1.234.232 euros.

El incremento de la cuantía de las ayudas que establece esta Orden irá a cargo de las partidas presupuestarias 1702 D/483170100/7121 por una cuantía máxima de 753.585,04 euros y 1702 D/483170200/7121 por una cuantía máxima de 234.232 euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

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