SANTA CRUZ DE TENERIFE 5 Nov. (EUROPA PRESS) -
Así lo avanza en una nota UGT, que señala también que la sentencia ordena reparar los perjuicios con restitución de derechos y compensación económica pues el alto tribunal reconoce que esas interrupciones mermaron sus condiciones laborales y retributivas.
Entre los efectos acreditados se encuentran pérdida de antigüedad, impacto en complementos, menor compensación de vacaciones, pérdida de trienios y otras cuantías dejadas de percibir.
Además, la puntuación de méritos en la OPE de estabilización se vio penalizada al no computarse los periodos afectados, lo que dificultó competir en igualdad en los procesos selectivos.
El sindicato detalla que el SCS dividió el caso en dos bloques. El primero, con cinco médicas, llega al Supremo con fallo favorable y efectos de restitución y el segundo, con catorce profesionales, sigue en trámite judicial.
El colectivo confía en que el mismo criterio se aplique a estas catorce compañeras para cerrar una práctica que, durante años, ha penalizado la maternidad.
"La maternidad no puede costar derechos ni sueldo. Ahora toca cumplir, devolver la antigüedad y los trienios, regularizar la compensación de vacaciones y el resto de las retribuciones, y abonar las cantidades debidas. La ejecución debe ser inmediata y el criterio del Supremo debe extenderse al resto del grupo para garantizar una igualdad real en el SCS", señalan las demandantes.



















