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NORMAS TÉCNICAS DE PRODUCCIÓN INTEGRADA DE FRUTA DE PEPITA, FRUTA DE HUESO Y HORTALIZAS

19/10/2004
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Resolución ARP/2798/2004, de 1 de octubre, por la que se da publicidad a la modificación de las normas técnicas de producción integrada de fruta de pepita, fruta de hueso y hortalizas aprobadas por la Resolución ARP/942/2004, de 1 de abril (DOGC de 19 de octubre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN ARP/2798/2004, DE 1 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD A LA MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS TÉCNICAS DE PRODUCCIÓN INTEGRADA DE FRUTA DE PEPITA, FRUTA DE HUESO Y HORTALIZAS APROBADAS POR LA RESOLUCIÓN ARP/942/2004, DE 1 DE ABRIL

La Resolución ARP/942/2004, de 1 de abril (DOGC núm. 4114, de 19.4.2004), dio publicidad a la aprobación de las normas técnicas de producción integrada de fruta de pepita, fruta de hueso, hortalizas, cítricos, aceitunas, aceite, viña, fruta seca elaborada y cereales de invierno.

En esta Resolución se han observado ciertas deficiencias en el listado de productos que se pueden utilizar en algunas de las normas técnicas de producción integrada de fruta de pepita, fruta de hueso y hortalizas, correspondientes al año 2004 y en consecuencia es necesario proceder a su modificación.

El artículo 4.2 del Decreto 241/2002, de 8 de octubre, por el que se regula la producción integrada en Cataluña (DOGC núm. 3744, de 21.10.2002), establece que las normas técnicas serán aprobadas por resolución del director general de Producción Agraria e Innovación Rural y su publicidad se materializará por medio de exposición en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales, de los servicios territoriales y de las oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, y por el resto de medios de difusión de la Generalidad de Cataluña.

Por ello,

Resuelvo:

Dar publicidad a la aprobación de la modificación de las normas técnicas de producción integrada de fruta de pepita, fruta de hueso y hortalizas.

De acuerdo con el artículo 4.2 del Decreto 241/2002, de 8 de octubre, esta publicidad se llevará a cabo por medio de exposición en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales, de los servicios territoriales y de las oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, y por el resto de medios de difusión de la Generalidad de Cataluña.

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