DECRETO 392/2004, DE 21 DE SEPTIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE GESTIÓN Y DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
Por Decreto 85/2002, de 19 de febrero, se creó la Comisión de Coordinación Interdepartamental de Gestión y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, con la función de garantizar la planificación estratégica y la coordinación global de la gestión de las tecnologías de la información y comunicaciones corporativas, departamentales y de los organismos de la Administración de la Generalidad.
Los cambios en la organización de la Generalidad como consecuencia de varios decretos de reestructuración y de creación de nuevas unidades aconsejaron adaptar la composición de la comisión al nuevo marco organizativo de la Administración de la Generalidad, mediante el Decreto 254/2004, de 13 de abril.
Considerando que el Consejo de Administración del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información ha acordado una reestructuración orgánica que afecta su representación en la Comisión de Coordinación Interdepartamental de Gestión y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, debe adaptarse esta composición a la nueva estructura.
Por todo esto, a propuesta del Primer Consejero, del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas, del consejero de Economía y Finanzas y del consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Artículo único
Se modifica la letra l) del apartado 1 del artículo 2 del Decreto 85/2002, de 19 de febrero, de creación de la Comisión de Coordinación Interdepartamental de Gestión y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en la redacción dada por el Decreto 254/2004, de 13 de abril, que queda redactada de la siguiente manera:
“l) Dirección del Área de Innovación y Tecnología del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña, que ejercerá las funciones de secretaría.”
Disposición final
Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.