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ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

04/08/2004
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Decreto 121/2004, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud (BOCAM de 4 de agosto de 2004). Texto completo.

DECRETO 121/2004, DE 29 DE JULIO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

Mediante Decreto 61/2003, de 21 de noviembre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, se procedió a establecer el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, así como a la posterior configuración de su estructura básica mediante Decreto 227/2003, de 24 de noviembre.

A través del Decreto 10/2004, de 29 de enero, se estableció la nueva estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, señalando su artículo 3, apartado 2, la Administración Institucional adscrita a dicha Consejería, entre la que se encuentra el Servicio Madrileño de Salud, previsto en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.

La Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas, viene a modificar la Ley 1/1983, de 13 diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, determinando, en la nueva redacción dada al artículo 39, la figura de las Subdirecciones Generales como nuevo nivel organizativo entre las Direcciones Generales y las Secretarías Generales Técnicas y las Unidades inferiores de las mismas.

A fin de adecuar la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la precitada Ley 2/2004, de 31 de mayo, procede modificar el Decreto 46/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, incorporando las Subdirecciones Generales a través de las cuales puedan alcanzarse los objetivos que tiene encomendados el Servicio Madrileño de Salud.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad y Consumo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de julio de 2004, DISPONGO

Artículo Único Modificación de la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud Se modifica el artículo 2 del Decreto 46/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica del Ente Público Servicio Madrileño de Salud, que queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 2 Estructura El Servicio Madrileño de Salud, bajo la superior autoridad del Director General, se estructura en las siguientes Unidades Administrativas:

a) Subdirección General de Planificación e Infraestructuras Sanitarias.

b) Subdirección General de Asistencia y Coordinación del Transporte Sanitario.

c) Subdirección General de Coordinación Administrativa.”

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA Las Unidades administrativas con nivel orgánico inferior a Subdirección General continuarán subsistentes hasta que se aprueben las correspondientes órdenes de desarrollo, adaptadas a la estructura orgánica del Ente Público Servicio Madrileño de Salud definida en este Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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