Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 06/07/2004
 
 

CREACIÓN DE LA COMISIÓN COORDINADORA DEL ACCESO A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA PRUEBA DE ACCESO A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

06/07/2004
Compartir: 

Orden 2250/2004, de 16 de junio, de la Consejería de Educación, por la que se modifica la Orden 1595/2000, de 18 de mayo, por la que se crea la Comisión Coordinadora del Acceso a Estudios Universitarios y la Comisión Organizadora de la Prueba de Acceso a Estudios Universitarios en las Universidades de la Comunidad de Madrid (BOCAM de 6 de julio de 2004). Texto completo.

ORDEN 2250/2004, DE 16 DE JUNIO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 1595/2000, DE 18 DE MAYO, POR LA QUE SE CREA LA COMISIÓN COORDINADORA DEL ACCESO A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA PRUEBA DE ACCESO A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN LAS UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

La Orden 1595/2000, de 18 de mayo, de la Consejería de Educación, creó la Comisión Coordinadora del Acceso a Estudios Universitarios y la Comisión Organizadora de la Prueba de Acceso a Estudios Universitarios, encargadas, respectivamente, de coordinar las relaciones entre los distintos niveles educativos que participan en la realización de la prueba de acceso a estudios universitarios y los aspectos relacionados con la organización práctica de esta prueba.

La experiencia acumulada desde su creación, aconsejan flexibilizar su estructura de forma que el ejercicio de las funciones de secretaría de ambas Comisiones, se ejerza por la funcionaria o el funcionario que designe el titular de la Dirección General de Universidades e Investigación.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas a esta Consejería por el Decreto 75/2002, de 9 de mayo,

DISPONGO

Artículo único

Se modifica la Orden 1595/2000, de 18 de mayo, por la que se crea la Comisión Coordinadora del Acceso a Estudios Universitarios y la Comisión Organizadora de la Prueba de Acceso a Estudios Universitarios en las Universidades de la Comunidad de Madrid, en los términos que se establecen a continuación:

En el primer párrafo de los puntos 1 y 2 del apartado primero de la Orden, donde dice: “Actuará de Secretario de la Comisión, con voz pero sin voto, el funcionario de la Dirección General de Universidades que ostente la Secretaría del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid”; debe decir: “La Secretaría de la Comisión, con voz pero sin voto, la ejercerá el funcionario o funcionaria de la Dirección General de Universidades e Investigación que designe su titular”.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana