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PREMIO A LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA

11/02/2004
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Decreto 12/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se instituye el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” (BOA de 11 de febrero de 2004). Texto completo.

El Gobierno de Aragón, a través de la Orden de 17 de octubre de 2002, de convocatoria de ayudas económicas a las pequeñas y medianas empresas industriales, estableció una línea de ayudas para la implantación en las empresas aragonesas del concepto de Responsabilidad Social Corporativa.

Al objeto de promover y difundir la introducción de esta nueva práctica de gestión empresarial, el Decreto 12/2004 crea el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa”.

Así, el Decreto 12/2004 instituye el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” destinado a reconocer públicamente a aquellas empresas o fundaciones que han demostrado en su gestión, una preocupación por la adquisición y puesta en marcha de los compromisos de responsabilidad social.

DECRETO 12/2004, DE 27 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE INSTITUYE EL “PREMIO ARAGONÉS A LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA”

Preámbulo

La adopción de criterios de Responsabilidad Social Corporativa en la gestión empresarial conlleva la formalización de políticas y sistemas de gestión en los ámbitos, social, económico y medioambiental, supone la transparencia informativa respecto de los resultados alcanzados en tales ámbitos, así como el análisis externo de los mismos.

En este sentido, se dice que las organizaciones ejercen su responsabilidad social cuando prestan atención a las expectativas que sobre su comportamiento tienen los diferentes grupos de interés (empleados, socios, clientes comunidades locales, medioambiente, accionistas, proveedores,...), con el propósito último de contribuir a un desarrollo, social y ambientalmente sostenible y económicamente viable.

Hay empresas y fundaciones, socialmente responsables que no identifican esa característica como nada especial, lo consideran natural. Dichas entidades no suelen hacer explícito su compromiso aunque lo tengan. Sin embargo, ésta no suele ser la práctica en los países más desarrollados. Se ha creado un nuevo concepto en evolución, todavía no enteramente definido, el de la Responsabilidad Social Corporativa.

El compromiso con la sociedad a través del concepto de la Responsabilidad Social Corporativa, es cada día más un factor identificativo de la tipología de la empresa a la que nos estamos refiriendo, y en algunos países, equivalente a un marchamo que sirve para el establecimiento de políticas de discriminación positiva. Hoy en día el fomentar que las empresas aragonesas abracen voluntariamente dicho concepto y su filosofía equivalente a posicionarlas en la buena dirección de cara al futuro global y complejo que se vislumbra, donde el inversor y el consumidor son cada día más exigentes.

El Gobierno de Aragón, a través de la convocatoria de ayudas económicas a las pequeñas y medianas empresas industriales, correspondientes al ejercicio 2003 (Orden de 17 de octubre de 2002), estableció una línea de ayudas para la implantación en las empresas aragonesas del concepto de Responsabilidad Social Corporativa. Con esta acción, Aragón ha sido la primera Administración Pública en España, que ha desarrollado un mecanismo de apoyo público en esta materia.

Al objeto de promover y difundir la introducción de esta nueva práctica de gestión empresarial, se ha creado el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa”, que reconoce la labor de aquellas organizaciones que han demostrado en su quehacer diario, una preocupación por el desarrollo social.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 27 de enero de 2004, DISPONGO:

Artículo 1.-Institución.

Se Instituye el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” destinado a reconocer públicamente a aquellas empresas o fundaciones que han demostrado en su gestión, una preocupación por la adquisición y puesta en marcha de los compromisos de responsabilidad social.

Artículo 2.-Modalidades.

El “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” podrá comprender diferentes modalidades que quedarán establecidas y reguladas mediante Orden del Consejero de Industria, Comercio y Turismo.

Artículo 3.-Periodicidad y convocatoria.

El “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” tendrá una periodicidad anual.

Mediante Orden del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, se realizarán las convocatorias de cada edición y la aprobación de las correspondientes bases del premio.

Artículo 4.-Participantes.

Podrán optar a los premios como participantes, cualquier empresa o fundación aragonesa que desarrolle una actuación socialmente responsable, para lo que deberán acreditar la puesta en marcha de los compromisos adquiridos.

La presentación de propuestas lleva consigo la aceptación por parte de quienes la formulen, de los términos de la correspondiente convocatoria.

Artículo 5.-Presentación de propuestas.

Las propuestas individualizadas para cada una de las categorías de premio a la que pudiera optar la empresa, se presentarán en el Registro General de la Diputación General de Aragón, y deberán ir acompañadas de la memoria en la que se expongan los méritos y circunstancias que concurran, así como los documentos internos o externos que ilustren el procedimiento que utiliza la empresa para aplicar estos compromisos, según se establezcan en las bases reguladoras de cada convocatoria.

Artículo 6.-Jurado.

El Jurado, para todas las modalidades, estará presidido por el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, y formarán parte del mismo, un representante de cada uno de los Departamentos de Economía, Hacienda y Empleo, de Medio Ambiente y de Servicios Sociales y Familia, designados por los Consejeros de los mismos. Así mismo estarán representadas las Organizaciones Empresariales, las Asociaciones Sindicales y Fundaciones de carácter social. También se designarán vocales seleccionados entre personalidades de reconocido prestigio en las áreas objeto del Premio, designados por el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, actuando de Secretario, con voz pero sin voto, el Director General de Industria, y de la Pequeña y Mediana Empresa El número de vocales del Jurado no sobrepasará los quince miembros.

La composición del Jurado, así como la designación de sus miembros se concretará mediante la Orden de convocatoria del premio.

Artículo 7.-Gestión y otorgamiento.

La gestión de los premios corresponde al Departamento de Industria, Comercio y Turismo, y la concesión del premio se efectuará por Acuerdo de Consejo de Gobierno de Aragón.

El premio se otorgará por mayoría de votos de los miembros del Jurado, pudiendo declararse desiertas una o varias modalidades del premio, si se considera que los trabajos presentados no reúnen los méritos suficientes para ser galardonados.

Para la concesión del premio se tendrá en cuenta el arraigo en Aragón de la empresa o fundación candidata, así como la naturaleza de las actuaciones desarrolladas y el grado de implementación de las mismas.

Artículo 8.-Características del premio.

El “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” tiene carácter honorífico y consistirá en un diploma acreditativo y entrega de una obra representativa del galardón.

La entidad galardonada podrá hacer publicidad de dicha concesión en membretes, anuncios y memorias, especificando el año en que fue premiada, así como publicar o difundir la concesión del Premio en cualquier medio de comunicación, de acuerdo con la imagen gráfica del premio, desarrollada por la Entidad Organizadora.

Disposición final primera.-Facultad de Desarrollo.

Se faculta al Consejero de Industria, Comercio y Turismo, para dictar cuantas normas sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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