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  • EDICIÓN DE 22/01/2004
 
 

INFORME SOBRE EL MALTRATO

22/01/2004
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El Consejo General del Poder Judicial ha hecho un estudio en relación con las denuncias presentadas ante Órganos jurisdiccionales en los casos en que la víctima posteriormente fallece. El compromiso de este estudio es conocer la incidencia que presenta en los órganos judiciales la violencia doméstica ejercida sobre los menores así como aquellos asuntos que genéricamente pueden denominarse maltrato familiar.

El Jefe del Servicio de Inspección, cumpliendo el encargo que el Pleno del Consejo General Poder Judicial le hizo sobre el estudio en relación con las denuncias presentadas ante órganos jurisdiccionales en los casos en que la víctima posteriormente fallece, constituyó un grupo de trabajo, con carácter permanente.

Este grupo de trabajo, entre otras cuestiones, tiene el compromiso de estudiar la incidencia que presenta en los órganos judiciales la violencia doméstica ejercida sobre los menores así como aquellos asuntos que genéricamente pueden denominarse maltrato familiar, comprensivo tanto de la violencia física como psíquica, intentando aportar una información útil que pueda ayudar a conseguir la erradicación de este problema.

Por el Servicio de Inspección, y consecuencia de la creación del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, se ha interesado de todas las Unidades Inspectoras la recopilación de todos los asuntos que desde el día 1 de noviembre de 2002, se hayan incoado en los Juzgados, facilitando a tal fin unas fichas estandarizadas que permitan conocer la incoación y tramitación de los asuntos penales.

La solicitud de información contenida en tales fichas abarca a toda la tramitación judicial, comenzando por conocer el concreto modo de tomar conocimiento el órgano judicial (denuncia, atestado, etc.).

Por ello el estudio tiene como ámbito temporal el comprendido entre el citado día 1 de noviembre de 2002 hasta el día 30 de junio de 2003.

La actividad legislativa llevada a cabo durante este lapso de tiempo, e incluso con posterioridad al mismo, ha sido relevante y la entrada en vigor de la Ley 38/2002 sobre enjuiciamiento rápido y juicios inmediatos de faltas, ha propiciado la Instrucción 3/2003 sobre normas de reparto penales y registro informático de violencia doméstica para seguir los criterios establecidos por la Guía Práctica de Actuación contra la Violencia Doméstica.

El trabajo realizado para elaborar el informe ha permitido comprobar como los órganos judiciales van tomando conciencia de la trascendencia que supone dar una respuesta rápida y eficaz a los asuntos penales en los que se hallan afectados los distintos bienes jurídicos protegidos a través de la punición del maltrato sufrido en el ámbito doméstico.

El grupo de trabajo, para la elaboración del informe, ha tenido en cuenta los datos estadísticos que ofrecen las distintas aplicaciones informáticas del Consejo General del Poder Judicial y los análisis específicos que se han concretado en las distintas visitas de inspección que desde el día 1 de noviembre de 2002 se han realizado por el Servicio de Inspección.

Para ver el informe completo del Consejo General del Poder Judicial haga click aquí:

<a href="http://www.poderjudicial.es/CGPJ/Docuteca/ficheros.asp?intcodigo=2769&IdDoc=SP">Informe sobre el maltrato</a>

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