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  • EDICIÓN DE 26/05/2003
 
 

EL ABOGADO DEL TRIBUNAL DE LA UNIÓN EUROPEA DEFIENDE EL DERECHO DE LOS ESPAÑOLES A INSCRIBIRSE CON DOBLE APELLIDO

26/05/2003
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El abogado general del Tribunal de la Unión Europea, Francis Jacob, considera que los Estados miembros no pueden impedir a sus residentes con doble nacionalidad, la del país y la española, seguir la tradición hispana de registrarse con los apellidos de ambos padres. Para el abogado general restringir este derecho constituye una discriminación por nacionalidad prohibida por el Derecho comunitario.

Francis Jacob se pronunció sobre el caso de Carlos García Avello, nacional español y su esposa, Isabelle Weber, de nacionalidad belga, residentes en Bélgica y con dos hijos con doble nacionalidad. El Derecho belga exige que los hijos adopten el apellido de su padre.

Los padres solicitaron a las autoridades belgas el cambio del apellido García Avello por el de García Weber, pero su solicitud fue denegada.

Tras pasar por el Consejo de Estado belga, el caso ha llegado al Tribunal de la Unión Europea, cuyo abogado general recuerda que desde la introducción de la ciudadanía comunitaria, la discriminación por razón de la nacionalidad está claramente prohibida en toda situación donde se aplique el Derecho comunitario.

En este contexto, considera que la denegación de las autoridades belgas constituye una discriminación por razón de la nacionalidad.

Francis Jacobs considera injustificable esta discriminación, ya que no existe un interés público esencial en que una forma concreta de transmisión de apellido deba prevalecer siempre para los ciudadanos de un Estado miembro dentro de su territorio.

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