El Convenio Económico es el instrumento jurídico, previsto en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, para que dicha Comunidad Autónoma regule sus propios tributos.
Aunque el Convenio Económico actual entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Ley 28/1990, de 26 de diciembre, tiene vigencia indefinida es susceptible de ser modificado en cualquier momento por acuerdo de ambas partes.
Además, la disposición adicional tercera del Convenio Económico prevé que, en caso de producirse una reforma sustancial en el ordenamiento jurídico tributario del Estado, se procederá por ambas Administraciones, de común acuerdo, a la adaptación del referido Convenio a las modificaciones que hubieran experimentado los tributos convenidos.
En este sentido, la aprobación del Proyecto de Ley permitirá adaptar el Convenio Económico a las reformas tributarias llevadas a cabo por el Estado, entre las que destaca la creación del nuevo Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, así como la modificación en territorio común del régimen de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas.
El Proyecto también modifica el Convenio Económico en materia de estabilidad presupuestaria, ya que se asigna a la Comisión Coordinadora la competencia para acordar los compromisos de colaboración y coordinación en materia de estabilidad presupuestaria.
Para ver el texto completo de este Proyecto de Ley haga click aquí:
<a href="http://www.congreso.es/public_oficiales/L7/CONG/BOCG/A/A_143-01.PDF">Proyecto de Ley por la que se aprueba la modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra</a>
Por otro lado, para el caso concreto de la Comunidad Foral de Navarra, la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, previó en su disposición final primera que su aplicación se llevará a cabo, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, mediante una disposición de rango legal.
Por tanto, se dicta también un Proyecto de Ley Orgánica para dar una nueva redacción al apartado 1 de la disposición final primera de la Ley 5/2001.
Para ver el texto completo de este Proyecto de Ley haga click aquí:
<a href="http://www.congreso.es/public_oficiales/L7/CONG/BOCG/A/A_144-01.PDF">Proyecto de Ley Orgánica que, con el carácter de complementaria a la Ley por la que se aprueba la modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, modifica la disposición final primera de la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria</a>